Propuesta de PSOE y UP

La ley de eutanasia amnistiará a quienes hayan ayudado a morir a otras personas

La futura legislación, que llegará al Pleno del Congreso la próxima semana, exigirá varios informes médicos hasta conceder este nuevo derecho. Las CCAA crearán comisiones de Garantía para evaluar los casos.

Miembros del Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos, junto a algunos de sus diputados, en el Congreso
La ley de eutanasia amnistiará a quienes hayan ayudado a morir a otras personas
Agencia EFE | Mariscal

El Gobierno podrá comenzar 2021 con una de las leyes que consideraban prioritarias en vigor. El Pleno del Congreso discutirá la próxima semana la ley de eutanasia, que tras la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado se convirtió en la primera cuestión que PSOE y Unidas Podemos querían dejar atada antes de que acabara este 2020. Una legislación que reconocerá como derecho la decisión de morir de una persona que cumpla ciertos requisitos. Y en la que se incluirá un apartado que eximirá de una pena a todos aquellos que hayan sido condenados, procesados o investigados por ayudar a morir a otras personas. Lo que supondrá un antes y un después para una cuestión que había generado un intenso debate en la sociedad. 

Este asunto se ha incluido en el texto definitivo tras una enmienda transaccional conjunta de los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos. Su propuesta pasaba por una reforma del Código Penal, en el que se prevé que se incluya una disposición transitoria que establezca que "estará exento de pena quien esté siendo investigado, o haya sido procesado o sentenciado" por hechos previos a la entrada en vigor de la bautizada como Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia. Esto beneficiará a quienes hubieran cometido los delitos previstos en el artículo 143.4 del CP, que es el que permite actuar contra quienes causen o cooperen "activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro". Unos cambios para los que socialistas y morados consiguieron los apoyos suficientes en la Comisión de Justicia de la cámara baja.

Las fuerzas que conforman el Ejecutivo de coalición plantearon esta cuestión durante la Ponencia que ha afinado la ley, que también recibió el visto bueno de la Comisión de Justicia. Según explican fuentes parlamentarias, actualmente hay "una especie de vacío legal" para quienes asistan a otra persona que desea morir por sufrir una dolencia irreversible o que le impide vivir de una manera que considera digna. Por eso han buscado "dar una salida" para los afectados, que es lo que se recoge en la enmienda aprobada, que también implicará cambios en el texto de ese artículo 143 del CP para que tenga en cuenta a esta nueva legislación. Pero las mismas fuentes destacan que hay muy pocos casos susceptibles de acogerse a esta reforma, ya que "los casos son residuales".

Aun así, esta amnistía para aquellos que hayan realizado estas prácticas sí será la primera respuesta del poder legislativo a casos muy mediáticos y que han generado mucho debate social. Entre los que pueden beneficiarse de este nuevo articulado está Ángel Hernández, conocido por ser quien llevó a cabo el suicidio asistido de su esposa, María José Carrasco, que estaba enferma de esclerosis múltiple. Carrasco, que estaba prácticamente inmovilizada a causa de su dolencia, pidió a Hernández que la ayudara para cumplir su deseo de acabar con su vida. El caso está siendo investigado por un juzgado de violencia de género, y la Fiscalía ya pidió seis meses de prisión para este hombre por un delito de cooperación al suicidio. Aunque el Ministerio Público apuntó en su escrito que no se opondría a un indulto para Hernández.

Varios informes y una comisión de garantías

La ley, que será aprobada gracias a los amplios apoyos de PSOE y UP, detalla los requisitos a cumplir para poder solicitar la eutanasia. Quienes podrán acceder a ello serán las personas con una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante. Es decir, que no pueden valerse por sí mismos o que tienen dependencia absoluta de apoyo tecnológico. La petición tendrán que cursarla de manera autónoma, sin que interfieran terceros, y tras confirmar que han sido informados y entienden a qué se exponen. Después, deberán hacer dos solicitudes, dejando pasar 15 días entre la primera y la segunda. Ambas deberán ser por escrito, estar firmadas por paciente y ser rubricadas por un profesional sanitario. Pasado ese tiempo, el médico responsable preguntará al solicitante si desea continuar con el proceso.

Posteriormente, el procedimiento pasará a manos de las nuevas Comisiones de Garantía y Evaluación, unos órganos de hasta siete miembros de las disciplinas médica y jurídica, y que tendrán que ser creadas por las comunidades autónomas para revisar estos casos. Dos de los integrantes de este grupo analizarán la situación del paciente, y emitirán un informe en un máximo de una semana aceptando o rechazando la prestación de ayuda para morir. Si no se ponen de acuerdo, decidirá la Comisión al completo. En el caso de que lo rechacen, el afectado podrá recurrir por la vía contencioso-administrativo.

Para aplicarla, la ley obligará a que sea el interesado, siempre que esté consciente, el que comunique al médico responsable la modalidad en la que quiere recibir la ayuda para fallecer. En unos casos, los sanitarios asistirán al paciente hasta que fallezca, y en otros será él mismo el que se autoadministre la sustancia que le provocará la muerte. Después, se comunicará a la Comisión de Garantía y Evaluación que todo ha finalizado. Algo que se acompañará de varios documentos que detallen el proceso.

La norma establece que la eutanasia será una prestación que forma parte de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, y contará con financiación pública. Algo que supone que se haya renunciado a que tuviera carácter de tratamiento médico, como explican fuentes parlamentarias. Esta norma también contempla la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, que deberán manifestar su disconformidad a participar en un caso de manera anticipada y por escrito. Además, las administraciones sanitarias deberán crear un registro de objetores, que según el texto permitirá "garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir". Este listado será confidencial y se adecuará a la normativa de protección de datos personales.

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