Permisos laborales

Vacaciones de luna de miel: ¿cuántos días te corresponden si te casas?

Los días libres que corresponden en caso de matrimonio están regulados en el Estatuto de los Trabajadores

Boda
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Quizás uno de los momentos más esperados tras celebrar un matrimonio sea la luna de miel. El viaje de novios, esa primera escapada que hará la pareja recién casada, es una experiencia que se vive pocas veces e, incluso, acaba resultando única. Por este motivo, todos los trabajadores y trabajadoras disfrutan de ciertos días libres en el trabajo

Este permiso por viaje de luna de miel está regulado en el Estatuto de los Trabajadores, artículo 37, donde se especifica que se disfrutarán de 15 días naturales después del matrimonio. Estos días, en efecto, se consideran de permiso retribuido por lo que durante la duración de los mismos el trabajador o trabajadora seguirá percibiendo el sueldo que le corresponda. 

Estos 15 días naturales empiezan a contar desde el propio día del matrimonio, sea civil o religioso, con la excepción de que la boda se celebra en sábado o domingo y estos días no sean laborables para la pareja. En este caso, el permiso empezaría a contar a partir del siguiente día laborable inmediatamente después de la unión. Como siempre, es aconsejable echar un vistazo a lo que dice cada convenio colectivo ya que puede ser que la situación mejore (nunca se pueden empeorar los permisos o derechos otorgados por ley). 

Hay que avisar

Existe un requisito para poder disfrutar de estos días libres remunerados en concepto de luna de miel: avisar a la empresa, aunque no se especifica cómo, pudiendo ser de manera verbal o por escrito. Lo más habitual es presentar una copia del Libro de Familia o del acta de matrimonio donde quede registrada la fecha de la boda o si la empresa lo exige, dar un justificante previo como una invitación o la reserva del espacio del matrimonio, por ejemplo. 

También es cierto que, bajo consulta y si la empresa lo permite, no siempre es necesario coger el permiso por viaje de novios a continuación de la celebración de la boda, sino que puede postergarse o incluso enlazarse con las vacaciones, siempre teniendo en cuenta que si estas y los días de permiso se superponen, se perderán.

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