Opinión

La presidencia del Consejo de Estado y sus vaivenes

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo
La presidencia del Consejo de Estado y sus vaivenes.
Europa Press

El Consejo de Estado es un órgano de relevancia constitucional, contemplado en el articulo 107 de nuestra Carta Magna. Es el supremo órgano consultivo del Gobierno de la Nación, si bien el Tribunal Constitucional añadió en su STC 56/1990, que se trata de un órgano consultivo al servicio de la concepción del Estado que la propia Constitución establece, es decir, la del Estado autonómico.

Sin embargo, a partir de otro pronunciamiento del TC en 1992, se propició que las CCAA pudiesen configurar en su arquitectura institucional la figura de los consejos consultivos, aunque no estuviesen previstos en sus estatutos de autonomía.

Hoy son muchos los consejos existentes, aunque algunas CCAA no los contemplen como Madrid, Cantabria o el País Vasco. En algún momento de la construcción del estado autonómico se planteó el debate de si algunos órganos centrales del Estado deberían autonomizarse en su composición y funciones ('stato ordinamento'), o bien como ha ocurrido en la praxis del Estado autonómico, debía dejarse la elección 'uti singuli' por cada comunidad autónoma, configurando sus propios órganos, como el Defensor del Pueblo, consejo consultivo u órgano de control externo de cuentas (OCEX).

El Consejo de Estado más allá de su inclusión en la CE, se dice que de la mano de dos ilustres consejeros, que desempeñaron en la Transición cargos relevantes -como el recordado ministro de Justicia y líder de la UCD tras Suárez, y consejero permanente Landelino Lavilla, o el ponente constitucional Miguel Herrero de Miñón- ha gozado de auctoritas y prestigio en su función de órgano consultivo del Gobierno, en especial mediante la emisión de sus preceptivos dictámenes aunque en la mayoría de los casos no vinculantes. Su prestigio reside en su independencia y en la calidad de los mismos.

No obstante llama la atención que el nombramientos de los miembros de la Comisión Permanente y de su Presidencia sean un 'domaine reservé' del Gobierno, salvo la necesidad de comparecer ante el Congreso, para que este último dé su placet. Debe recordarse que en tiempos de Rajoy el Gobierno nombró presidente a Romay Beccaria, letrado del Consejo de Estado, sin observar dicho trámite tras ser nombrado, lo que no ha ocurrido en el último nombramiento de su presidenta, la Sra. Calvo, antigua Ministra de Cultura con Zapatero y de Presidencia con Sánchez y  diputada del Congreso.

El cambio en la presidencia, se debe a la anulación del nombramiento de su anterior presidenta, Dª Magdalena Valerio, por no reunir los méritos suficientes, es decir no ser una jurista de reconocido prestigio.

La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Tercera) cuyo ponente fue el presidente de la Sección Cuarta, Sr. Lucas Murillo, de 30 de noviembre de 2023, constituye una decisión de trascendencia, en los anales de la jurisprudencia del TS ('leading case'), al entrar a valorar los méritos de los candidatos cuya apreciación para ocupar altos cargos de naturaleza jurídica, se ha apreciado muchas veces de forma discrecional sin atención a la letra pequeña de los curriculum vitae.

Esta sentencia marca un antes y un después en la apreciación de los méritos y sobre todo en su consecuencia, 'id est', la anulación del nombramiento. La citada sentencia causó escozor en el Gobierno y fue muy mal recibida, -cuestionando incluso la legitimación para recurrir de la fundación Hay Derecho- hasta el punto de cuestionar que el TS pudiese anular el nombramiento, ¡que se han creído!, llegó a esbozar en su desaprobación la Portavoz del Gobierno . Hubo un tirón de orejas del TS en el incidente de nulidad de actuaciones preparado por la Abogacía del Estado, confundiendo, me parece, su papel en este caso.

En un primer momento se pensó que el Gobierno iba sostenella y no enmedalla, pero al final seguramente algún buen consejo ha hecho recapacitar al Gobierno. La nueva presidenta lo va tener difícil, pues el Consejo acumula sabiduría en sus presidentes, en especial si miramos a la Restauración, nada menos que el gran Posada Herrera (1881-1883), fue presidente propuesto por Sagasta y no digamos al gran administrativista Santamaría de Paredes (1917-1919), nombre durante el Gobierno del Conde Romanones.

Sin echar la mirada, algo lejana en el tiempo, cabe destacar las presidencias de Jiménez Blanco en la época de la UCD; Hernández Gil con el PSOE, siendo quizás, en los últimos tiempos el presidente más destacado por su prestigio y autoridad académica, el profesor Rubio LLorente (2004-2012).

Cada época tiene sus circunstancias, pero si la presidencia y otros cargos permanentes, quiere mantenerse fiel a su historia más brillante (no siempre lo fue), deberían ser ocupados por personas más independientes que la de ministro o ex alto cargo en sintonía con el Gobierno de turno.

No es tan difícil encontrar perfiles en la Academia, el foro o el alto funcionariado, como se hizo antaño. Sería una buena máxima que los órganos de control, como el TC, Tribunal de Cuentas y también los altos órgano consultivos, fuesen desempeñados por personas independientes y de reconocido prestigio. En caso contrario, siempre quedará la duda o la sospecha de si cuando niegan tal o cual informe, o dan la razón al Gobierno que los nombró, lo han sido. 

La mujer del César no solo debe serlo, sino parecerlo.

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