- Presentarán su situación ante la Inspección de Trabajo de Barcelona después de que la institución exigiera a Deliveroo 1,3 millones por esta cuestión.
- Inspección de Trabajo de Barcelona considera que la relación entre repartidores y empresa es de carácter laboral y no mercantil.
- Las plataformas de entrega de comida y última milla reclaman una regulación con la que restar "inseguridad jurídica" a su actividad.
- Un tribunal entiende que la prestación de servicios de los repartidores presenta rasgos "sólo concebibles" en el trabajo por cuenta ajena.
- El fallo, por tanto, ha declarado el despido como improcedente al calificar la relación del repartidor de comida a domicilio como "laboral".
- Un email interno para los repartidores es la prueba principal de su sometimiento a la empresa, según la sentencia que los considera falsos autónomos
- Hasta la fecha y tras la última ronda de financiación, la compañía ha obtenido 957 millones de dólares y está valorada en más de 2.000 millones.
- Plataformas como Just Eat o Deliveroo han hecho que pedir comida a domicilio sea cada vez más habitual, lo que ha beneficiado a la comida rápida.
- La formación naranja propone un sistema para que el trabajador acumule derechos laborales (antigüedad) y se los pueda llevar cuando cambie de trabajo.
- El superregulador advierte de que recurrirá a los tribunales si no se anulan los últimos requisitos a las empresas de alquiler con conductor.
- La Autoridad de Mercados y Competencia británica no encuentra indicios de monopolio en la adquisición, que se completará en enero de 2018
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