Consultorio de vivienda

Cómo hago valer el reembolso de dinero privativo al liquidar los gananciales

Se tiene derecho a ese reembolso aun cuando en el momento de la adquisición no hiciera mención de que se reservara ese derecho.

Un divorcio.
Cómo hago valer el reembolso de dinero privativo al liquidar los gananciales
Imagen de geralt en Pixabay.

PREGUNTA

  • Mi exmarido y yo estamos liquidando nuestra sociedad ganancial tras el divorcio. Hace un par de años tuve un grave accidente de tráfico por el que el seguro me abonó una importante suma que invertí íntegramente en la adquisición de nuestra vivienda de veraneo en la playa. ¿Puedo hacer valer de algún modo esa inversión en la liquidación de los bienes gananciales?

Sin perjuicio de que estos asuntos deben ser siempre objeto de análisis por un asesor que cuente con toda la información, es muy posible que usted tenga derecho al reembolso de ese dinero, por cuanto que, tratándose de una indemnización por daños personales, se considera dinero privativo.

A este respecto, el Tribunal Supremo, en su reciente sentencia de 31.01.2022 declara el derecho de un divorciado a incluir en el pasivo de la sociedad de gananciales un crédito a su favor por destinar parte de su dinero privativo, procedente de una indemnización por accidente de tráfico, en la adquisición de bienes gananciales. Tiene derecho al reembolso del dinero invertido aun cuando en el momento de la adquisición no hiciera mención de que se reservara ese derecho, pues la atribución del carácter ganancial al bien no convierte en ganancial al dinero empleado para su adquisición.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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