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Desperfectos en el piso al terminar el alquiler: ¿quién responde por ellos?

Es importante distinguir entre los efectos naturales y normales del uso de las cosas, que producen un desgaste o deterioro en las mismas, y los daños que van más allá por un uso diligente del inmueble.

Un alquiler.
Un alquiler.
Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • ¿En qué medida deben responder los inquilinos por los desperfectos que dejan al final del arrendamiento?

Es importante distinguir entre los efectos naturales y normales del uso de las cosas, que indudablemente producen un desgaste o deterioro en las mismas, y los daños que van más allá de lo que se desprende de un uso diligente de un inmueble; y también, en relación con esto mismo, hay que tener en mente la duración del arrendamiento, claro está.

Los arrendatarios, en definitiva, están obligados a devolver la vivienda arrendada tal y como la recibieron, respondiendo de todos los daños, salvo de los derivados del desgaste natural por el uso ordinario de la casa y por razón del tiempo.

Operaciones como pintar la casa después de un período razonable de arrendamiento y de cara a poner el piso nuevamente en el mercado, por ejemplo, son tareas de mantenimiento normal que corresponden al arrendador. El arrendador debe tener en cuenta que, para reclamar a sus arrendatarios por los daños que estos hayan producido en la vivienda más allá de los efectos de un uso normal de la misma tendrá que acreditar que son ellos quienes los han causado, para lo cual es útil tanto contar con un reportaje fotográfico anexo al contrato y suscrito por ambas partes –que dé fe del estado de la vivienda al ser alquilada-, como con un acta notarial o, al menos, un reportaje realizado en presencia de testigos válidos a la entrega de llaves; y es que la carga de la prueba incumbe al arrendador.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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