Por el caso de los ERE 

La Audiencia de Sevilla suspende durante cinco años la pena de prisión de Griñán

El pasado 21 de junio, la Fiscalía Anticorrupción de Sevilla anunció que no se oponía a que Griñán, de 77 años y condenado a seis años, evitara la entrada en prisión debido al cáncer "muy grave" que padece. 

José Antonio Griñán
La Audiencia de Sevilla suspende durante cinco años la pena de prisión de Griñán. 
Eduardo Briones / Europa Press / ContactoPhoto

El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, no entrará en la cárcel en un plazo de cinco años. Así lo ha acordado la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que ha tomado esta decisión pese a la condena del caso de los ERE debido al cáncer que padece. Así lo ha notificado este lunes a las partes implicadas y recoge Efe. 

En el auto, con fecha de hoy y ante el que cabe interponer recuso de súplica, el tribunal accede de este modo a la solicitud de suspensión de la pena privativa de libertad realizada por la defensa de Griñán en base al artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.

El pasado 21 de junio, la Fiscalía Anticorrupción de Sevilla anunció que no se oponía a que Griñán, de 77 años y condenado a seis años, evitara la entrada en prisión debido al cáncer "muy grave" que padece, una decisión que se produjo después del informe emitido por la forense que desaconsejaba el ingreso en la cárcel al estar aquejado de "una enfermedad muy grave con padecimientos incurables". 

Pone fin al periplo judicial 

Con esta decisión de la Audiencia se pone fin a un periplo judicial en el que han sido necesarios hasta a dos informes del IML y un requerimiento de los magistrados al forense para que se pronunciara sobre la entrada o no en prisión de Griñán, que ha concluido con el auto de este lunes accediendo a la petición de la defensa de suspender la entrada en la cárcel. A Griñán le diagnosticaron un cáncer de próstata cuando la Justicia ordenó su ingreso en prisión para cumplir la condena por malversación y prevaricación que le había impuesto la Audiencia de Sevilla y más tarde confirmó el Tribunal Supremo.

Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla consideran en el auto que "no pueden sino acordar la suspensión" de la pena privativa de libertad por plazo de cinco años con los apercibimientos legales "a la vista" del informe de la médico forense y teniendo en cuenta además los informes de las acusaciones que no se oponen a esta concesión.

La resolución de la Audiencia recuerda que la concesión del beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad “es una potestad discrecional del juez o tribunal”, y que, en el caso del artículo 80.4 del Código Penal, “en ese ámbito de discrecionalidad se debe atender a que el penado se encuentre aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables”. 

"Se debe atender a que el penado se encuentre aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables"

La Sala Primera de la Audiencia recuerda que, en este caso, ya se le concedió a Griñán "un aplazamiento sobre la decisión de la suspensión de la ejecución de la pena hasta que concluyeran las sesiones de radioterapia”, y que a la IML se le remitió un nuevo oficio a raíz de informes posteriores para poder "resolver la solicitud" de ejecución de la pena.

De esta forma, explica que, con fecha 15 de junio de 2023, la médico forense del IML emitió informe que concluye que Griñán “se encuentra aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables en los términos que señala el artículo 80.4 del Código Penal, sin perjuicio de las consideraciones que se añaden en el presente informe médico forense que hacen desaconsejable su ingreso en centro penitenciario”.

La Sección Primera de la Audiencia destaca que “este tribunal "en casos como el presente, referidos a cuestiones médicas, se ve sometido a los criterios técnicos del experto en la materia cuyos conocimientos son esenciales para poder resolver sobre el fondo de las cuestiones jurídicas planteadas”.

Griñán es el único alto cargo la Junta de Andalucía en la etapa del PSOE condenado por el caso de los ERE que no ha entrado en la cárcel, ya que a principios de este año lo hicieron cuatro de los ocho ex altos cargos: los exconsejeros José Antonio Viera, Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo y Antonio Fernández.

También entraron en prisión el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez y el exdirector de la Agencia Idea Miguel Ángel Serrano, y en abril lo hizo el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, quien también sufre cáncer pero la Justicia determinó que sí podría entrar en la cárcel. Hacer unos días al exconsejero de Empleo José Antonio Viera se le concedió el régimen de tercer grado debido a una enfermedad grave y el resto de la condena la cumplirá en el Centro de Inserción Social (CIS) de Huelva. 

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