Justicia universal. La audiencia acuerda la libertad de otros ocho narcos por la reforma de la justicia universal


El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez acordó este viernes la libertad para los ocho tripulantes sirios de un buque con bandera de Sierra Leona que el pasado 16 de marzo se encontraba en aguas internacionales, y en el que los funcionarios de Vigilancia Aduanera incautaron doce toneladas de hachís.
En un auto dictado hoy, Bermúdez acuerda el archivo de la causa al entender que en virtud de la reforma legal de la justicia universal los tribunales españoles carecen de jurisdicción para investigar esos hechos que, en un principio, fueron asignados a un juzgado de Málaga.
El magistrado recuerda que "la vinculación del juez a la ley es la piedra angular del sistema de justicia y una de las mayores garantías para el ciudadano, pues le pone a cubierto de la arbitrariedad”.
Bermúdez añade que los jueces deben aplicar la ley, “le guste o no, aún cuando el resultado sea, desde su punto de vista, frustrante”. Además, señala que, después de analizar la reforma legal, llega a la conclusión de que “en este caso no es posible considerar que los tribunales españoles tengan jurisdicción para la instrucción y enjuiciamiento de los hechos".
El juez recuerda que varios magistrados de la Audiencia Nacional se han pronunciado sobre el alcance de esta reforma. En concreto, hace referencia a la decisión del juez Fernando Andreu esta martes de liberar ocho marineros egipcios que transportaban diez toneladas de hachís.
A este respecto, Bermúdez recuerda que es un caso “prácticamente idéntico”, del que comparte “plenamente” los argumentos. Según el juez, no puede aplicarse, como sostiene la Fiscalía Antidroga, la Convención de Viena contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes "por la sencilla razón de que no establece la jurisdicción de los tribunales de los Estados que auxilien o colaboren en la eliminación de ese tráfico ilícito".
MARINEROS EGIPCIOS
El juez de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, decidió este martes el sobreseimiento de la causa abierta contra ocho marineros egipcios que transportaban casi diez toneladas de hachís.
Los marinos fueron capturaros en aguas internacionales frente las costas de Almería y tras comprobar que llevaban a bordo 9.851 kilos de hachís pasaron a disposición judicial. La jueza se inhibió a favor de la Audiencia Nacional, que hoy ha decidido el sobreseimiento.
Andreu aseguró en su auto que en aplicación de la nueva norma los encausados no pueden ser juzgados en España porque no son españoles, el delito no se iba a cometer en territorio nacional y el barco no viajaba bajo pabellón español.
Por tanto, declara la falta de jurisdicción de los tribunales españoles y por consiguiente el sobreseimiento de las actuaciones y la libertad para los marineros detenidos el pasado 6 marzo en aguas cercanas a Almería.
REFORMA DEL GOBIERNO
La principal novedad de la reforma de la justicia universal es la limitación de la persecución de los crímenes de genocidio y lesa humanidad a los procedimientos que se dirijan contra un español o extranjeros que residan habitualmente en España, o contra extranjeros que se encontraran en España y cuya extradición hubiera sido negada por las autoridades españolas.
Esta modificación legal se produjo a partir de una proposición de ley impulsada por el PP. Un procedimiento que evitó un informe sobre la misma del CGPJ y el Consejo de Estado. Esta reforma vio el visto bueno el pasado 27 de febrero en el Congreso y, en apenas quince días, fue ratificada por el Senado, entrando oficialmente en vigor el pasado 15 de marzo.

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