Batalla legal a la vista

Ayuso afronta un vía crucis judicial para defender el blindaje fiscal ante el Estado

La sentencia del Constitucional sobre el Estatut del año 2010 puede ser el mejor precedente para justificar  las bonificaciones en Patrimonio y Sucesiones por parte de Madrid frente a la reforma fiscal de Montero.

Ayuso en Ifema
Ayuso afronta un vía crucis judicial para defender su ley de autonomía financiera.
Agencia EFE

La nueva norma para salvaguardar la autonomía financiera de la Comunidad de Madrid que ha planteado el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso abre la puerta a una batalla judicial en la que la presidenta madrileña deberá enfrentarse a todas las sentencias y disposiciones constitucionales que reconocen al Estado la potestad “reforzada” de establecer y regular sobre impuestos. Frente a ello, los de Ayuso cuentan con una baza jurídica también de alcance constitucional que, paradójicamente, se deriva de la cesión de tributos avalada por el TC que se hizo en la sentencia del Estatut catalán en 2010, a partir del sistema de financiación aprobado un año antes. Es decir, que lo que sirve para que Cataluña haya aumentado su autonomía financiera en los últimos diez años, puede ser la base también para que Ayuso defienda la validez de la nueva norma frente a quienes quieren recortar sus bonificaciones en el Impuesto de Patrimonio y en Sucesiones y Donaciones.

Si bien el artículo 156 de la Constitución, en el que se basa la iniciativa legislativa de Ayuso, reconoce a las comunidades autónomas la capacidad de generar sus propios tributos y legislar sobre aquellos aspectos que le hayan sido cedidos, economistas expertos en modelos fiscales advierten que esa prerrogativa constitucional persigue sobre todo garantizar que las CCAA tengan suficientes ingresos para atender los servicios que prestan a sus ciudadanos, y no está pensada para litigar sobre tributos cuya competencia y regulación es exclusivamente estatal. 

Expertos en Economía Aplicada y sistemas impositivos como Jorge Onrubia, profesor en la Facultad de Económicas de la Complutense de Madrid y que estuvo en el grupo de expertos sobre el modelo de financiación autonómica de 2017 (el más reciente) lo tienen muy claro: bastaría con que el Estado modificara la ley de cesión de tributos del año 2009 para que Madrid no tuviera más remedio que acatarlo y recortar sus ventajas fiscales, dado que hay “sentencias rotundas” del Constitucional que avalan esa potestad del Gobierno central.

“Sólo hacen falta 176 votos a favor en el Congreso para sacar adelante el modelo de financiación que se decida, en virtud de criterios como la población ajustada, un nuevo equilibrio de transferencias de nivelación o las pautas para distribuir la potestad tributaria”, explica Onrubia, quien considera que la norma que plantea la Comunidad de Madrid es, por lo pronto, algo más enfocado en la pelea política que la economía aplicada. Frente a ello, la nota oficial de la Comunidad de Madrid plantea que el anteproyecto de ley que se ha aprobado "obliga a la Asamblea de Madrid y a los órganos superiores de Gobierno y Administración autonómica a reaccionar con todos los mecanismos a su alcance en la legislación nacional, europea o internacional, ante cualquier ley, disposición normativa o acto del Estado con fuerza de Ley que infrinja la corresponsabilidad fiscal y autonomía financiera de la región".

El procedimiento legal para cambiar las bonificaciones de Madrid y otras cuatro autonomías más, algunas de las cuales ya se han mostrado a favor de hacer una norma similar, como Castilla y León, sería aprobar una ley orgánica en el Congreso y aceptar lo que se establezca en el Consejo de Política Fiscal y Financiera con todas las autonomías, algo que no deja de ser complicado en la situación actual de equilibrio parlamentario y que es muy difícil que acepten las comunidades del PP. Pero es cierto que el mandato constitucional es claro y otorga al Estado la plena potestad para poner, quitar y regular impuestos, sobre todo si son cedidos a las CCAA. 

El precedente catalán

De otro lado, en el ámbito del Derecho se advierte que la batalla jurídica se abre en el momento en que Madrid ya ha ejercido unas competencias fiscales que le han sido reconocidas por sentencias del TC, precisamente por la que limitó y avaló el Estatut de Cataluña en 2010 y sirvió para establecer las cesiones de recaudación y capacidad normativa de los principales impuestos a la comunidad catalana. Era el año siguiente a la aprobación de la norma que regula el modelo de financiación autonómica (Ley 22/2009 de 28 de diciembre) que cedía a todas las autonomías de régimen común la recaudación y gestión del 50% del IRPF, el 50% del IVA y el 58% de los Impuestos Especiales, junto con la gestión y la capacidad normativa al 100% de los impuestos de Patrimonio y Sucesiones.

La sentencia del Constitucional sobre Cataluña estableció ese modelo de forma explícita para su autonomía, avalado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera para todas las CCAA, de forma que los juristas y economistas de la Comunidad de Madrid cuentan con una base constitucional para defender su autonomía financiera -gracias a Cataluña- muy difícil de tumbar por una norma limitativa de unas competencias ya ejercidas. Así lo entiende el catedrático de Derecho Financiero y Tributario de Alcalá de Henares, Alfonso García-Moncó, que hizo la ponencia en materia fiscal sobre el Estatut en aquellos años y advierte ahora que “la clave está en que Madrid ya ha ejercido esas competencias con un modelo que se creó 'ad hoc' y se confirmó por el Tribunal Constitucional en la sentencia del Estatut, y no se puede rectificar ahora ni siquiera aduciendo el principio de solidaridad, porque Madrid es además la comunidad más solidaria de España”.

Incluso más allá de las sentencias en materia fiscal, García-Moncó recuerda además que, una vez que se han ejercido las competencias, no se pueden echar para atrás de forma tan sencilla como modificando una norma como la de 2009. A su entender, desde Madrid se puede alegar además la sentencia del TC sobre la LOAPA (Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico), que en 1983 echó por tierra 13 de sus 26 artículos por la limitación que suponía sobre competencias que ya ejercían algunas CCAA. "Lo que se le reconoce a Cataluña no se le puede negar ahora a Madrid, sobre todo si ha ejercicio las competencias", insiste. 

Pelea política o blindaje fiscal

Desde el ámbito del derecho de los negocios, los fiscalistas que cada día están al tanto de las modificaciones legislativas advierten que el problema está en el agravio comparativo que se genera entre regiones en las que tributar por Patrimonio o Sucesiones es "infinitamente más caro" que en otras, en las que llega a ser cero. Ese es el hecho que se quiere frenar con la armonización de los tributos que, según fuentes cercanas al grupo de expertos, estará contemplada en el documento que van a publicar a finales de febrero. Ya se planteó en el documento de 2017 sobre financiación la opción de hacer un tramo estatal fijo para todos y dejar el resto en manos de las autonomías, pero nunca se ha llegado a hacer. 

"Por lo pronto todo es un planteamiento ficticio -recuerdan desde un gran bufete especializado en materia fiscal-, porque aún no saben de qué se están defendiendo, ni qué ideas van a plantear los expertos, los calendarios o si va a plasmarse algo en una norma formal antes de que acabe esta legislatura o no... Ni sabes quién gobernará entonces". Pero una cosa si parece clara para los asesores fiscales: lo que se imponga para Madrid se marcará para todas las autonomías, aunque en algunas de ellas no hayan adoptado las bonificaciones en Patrimonio o Sucesiones, "y es muy difícil que en un Consejo de Política Fiscal o en el Congreso, los políticos acepten ahora recortes de capacidad normativa, la que sea". 

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