Suspensión cautelar

Los cambios a notificar a la Seguridad Social si no quieres perder la pensión

Los jubilados han de avisar a la Seguridad Social de cambios de su situación familiar y económica para que no dejar de cobrar la prestación correspondiente. 

Una jubilada.
Una jubilada.
Imagen de shurkin_son en Freepik.

Para recibir la pensión de jubilación en España hay que cumplir tres requisitos: tener la edad de jubilación (65 años o 66 años y 2 meses), haber cotizado a la Seguridad Social un mínimo de 15 años y que, dos años entre esos 15, estén comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. Cumpliéndolos, un español recibirá una cuantía mensual media al mes de alrededor de 1.182 euros, según los últimos datos oficiales.

Sin embargo, existen unos cambios a nivel económico y personal que en caso de no ser notificados al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), pueden provocar que la pensión deje de ser enviada al beneficiario.

En primer lugar, el cambio de lugar de residencia es uno de los aspectos de los que es obligatorio avisar al organismo que envía las pensiones. Asimismo, si el pensionista cambia de cuenta bancaria, será necesario hacérselo saber al INSS para poder seguir cobrando la prestación.

Modificar la cuantía

Por otro lado, la Seguridad Social hace hincapié en la necesidad de informar en caso de que haya fallecido un familiar que cobraba una pensión. Cabe señalar que la pensión de jubilación es vitalicia, por lo que finaliza cuando la persona fallece y seguir recibiendo el dinero de un fallecido es fraude fiscal.

En este caso, es clave comunicarlo también para ver si se tiene acceso a la pensión de viudedad, así como saber si los hijos podrían cobrar una pensión de orfandad.

Por último, si la persona jubilada comienza a recibir otra prestación económica en forma de subsidio o renta por trabajo más allá de la pensión de jubilación, deberá notificarlo, ya que su cuantía de jubilación podría variar.

De no proceder a la comunicación con la Seguridad Social, la pensión podría suspenderse de forma cautelar. Además, el pensionista se expondría a sanciones.

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