Según la Ley de Enjuiciamiento Civil

¿Cuánto me pueden embargar del nuevo salario mínimo en 2023?

Se considera salario inembargable aquel que no supere el Salario Mínimo Interprofesional. Por lo que aunque le embarguen, siempre podrá cobrar como mínimo el SMI vigente en ese momento. 

¿Cuánto dinero me pueden embargar del nuevo salario mínimo en la nómina?
¿Cuánto dinero me pueden embargar del nuevo salario mínimo en la nómina?
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El salario mínimo sube en 2023. En concreto, el nuevo SMI alcanza los 1.080 euros brutos al mes repartidos en 14 pagas anuales por 40 horas de trabajo. Asimismo, otro punto a tener en cuenta es que esta alza, impulsada desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado a día de hoy por Yolanda Díaz, tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023

Esto quiere decir que tiene validez desde esa fecha y, por lo tanto, el empleador debe pagarle en la nómina la diferencia correspondiente al mes de enero y el mes en curso. Ahora bien, ¿qué sucede cuando el trabajador asalariado tienes deudas que saldar?, ¿en qué casos es embargable el salario mínimo?, ¿cuánto le pueden quitar de la nómina?

¿Qué porcentaje del salario mínimo me pueden quitar?

Para responder a esta pregunta hay que consultar el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en la que se establece lo siguiente: "Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional". Esto significa que si el empleado de una empresa cobra en la actualidad 1.080 euros brutos mensuales, dicha cuantía económica es inembargable.  

Porcentajes de sueldo que pueden embargar según salario

También hay una escala según la cual te embargarán un porcentaje mayor o menor en función del sueldo:

  • Si se cobra el SMI de 1.080 euros, no le embargarán nada.
  • Para las cantidades del salario entre 1.080 y 2.160 euros, le embargarán el 30% del tramo.
  • Para las cantidades del salario entre 2.160 y 3.240 euros, le embargarán el 50% del tramo.
  • Para las cantidades del salario entre 3.240 y 4.320 euros, le embargarán el 60% del tramo.
  • Para las cantidades del salario 4.320 y 5.400 euros, le embargarán el 75% del tramo.
  • Para las cantidades del salario que excedan los 5.400 euros, le embargarán el 90% del tramo.
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