Campaña de la Renta

Cuánto tarda Hacienda en pagar la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria en España tiene estipulados unos plazos para ingresar el dinero a devolver de la declaración de la Renta a aquellos contribuyentes que ya han tramitado su declaración. Estos son los plazos.

Dinero
Cuánto tarda Hacienda en pagar la declaración de la Renta
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La campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023 dio comienzo el 3 de abril de 2024, teniendo los contribuyentes la posibilidad de ponerse al día con el fisco hasta el 1 de julio. Una duda frecuente que tienen muchos de ellos tiene que ver con el tiempo que tarda Hacienda en pagar cuando resulta a devolver, es decir, cuando el declarante ha contribuido más de lo que le correspondía y es la Agencia Tributaria quien debe pagarle.

En este sentido, conviene indicar que Hacienda tiene unos plazos estipulados para efectuar los pagos, por lo que en función de cuándo se haya hecho la declaración de la Renta, podrá realizarse el pago en unas u otras fechas. Además, también influyen en ellas otros factores como son la cantidad económica que haya que devolver y la complejidad existente para efectuar la revisión de todos los datos introducidos.

Por lo general, la Administración comienza a devolver el dinero a los contribuyentes a partir de las 48 horas después del inicio de la campaña de la Renta, siendo habitual que haga el pago en un plazo de 30 días desde la confirmación del borrador. No obstante, es posible que en algunas ocasiones se llegue a retrasar más tiempo.

En cualquier caso, hay que saber que la AEAT dispone de un plazo de 6 meses para realizar el abono, a contar desde el 1 de julio, el día en el que llega a su fin la campaña de la Renta. De esta manera, Hacienda puede pagar a los contribuyentes con un resultado favorable para estos últimos hasta el 31 de diciembre.

¿Qué pasa si Hacienda tarda más de 6 meses en pagar?

Por norma general, Hacienda cumplirá con sus propios plazos estipulados y hará el pago a los contribuyentes con resultado a devolver en su declaración de la Renta antes del 31 de diciembre. Sin embargo, si se da el caso de que se ha superado esta fecha y no se ha realizado el ingreso en la cuenta bancaria, será posible reclamar el pago con intereses, debiendo para ello realizar un escrito de solicitud de devolución de la autoliquidación correspondiente al ejercicio 2023.

De esta manera, el fisco tendría que proceder a pagar al contribuyente por la cuantía total que corresponda junto a los intereses de demora, que para el presente ejercicio será del 4,0625%.

Conviene recordar que todo contribuyente tiene la posibilidad de conocer el estado en el que se encuentra su devolución de Hacienda cuando la declaración te sale a devolver. Para ello tan solo deberás acudir a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, acudiendo a tu expediente a través del Servicio de Tramitación del borrador/declaración (Renta WEB).

Para acceder al mismo y poder consultar el estado de la tramitación deberás identificarte en el portal con certificado o DNI electrónico, mediante el sistema Cl@ve PIN o utilizando el número de referencia de 6 caracteres del borrador/declaración de la Renta 2023. En función de la situación en la que se encuentre el expediente, te podrás encontrar con un mensaje que te indicará que la declaración está en trámite, que está procediendo a ser comprobada o que ya se ha tramitado.

Una vez que se hayan realizado las correspondientes comprobaciones por parte de Hacienda, y con la declaración correcta, aparecerá un mensaje que indicará cuándo se emitirá la devolución. Si se diese el caso de que al realizar la consulta del estado te encuentras con que la devolución está pendiente por incidencias, la AEAT recomienda acceder al expediente para comprobar si se encuentra dentro del sistema “VERIFICA” de autocorrección de declaraciones para poder agilizar la devolución.

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