Sueldo

¿Tengo un día más de sueldo en la nómina si febrero tiene 29 días en vez de 28?

La particularidad de los años bisiestos, que hacen que febrero tenga un día más de lo habitual, hace que muchos se pregunten si afecta al sueldo de su nómina o al total de días de vacaciones.

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Cada cuatro años el calendario se ve alterado por tratarse de años bisiestos, en los que el mes de febrero tiene un día más de lo habitual, con 29 en lugar de 28. Esta idea llegó de la mano de Julio César, que optó por decretar un "año de confusión" de 445 días para tratar de corregir la desviación que había tenido lugar tiempo atrás.

A partir de ese momento, se decretó que la duración de cada año sería de 365,25 días para así adaptarse al calendario de la naturaleza. Por lo tanto, al no tratarse de un día completo, lo más práctico era que, cada cuatro años, los años tuviesen un día más, de forma que nació lo que se conoce como años bisiestos.

El mes de febrero, con 28 días, es el más corto de todo el año, y por este motivo es el utilizado para que en los años bisiestos se le añada un día más, alcanzando así los 29 días. Teniendo en cuenta esta circunstancia, son muchas las personas que se cuestionan si les corresponde un día más de sueldo en el mes de febrero, cuando se trata de un año bisiesto.

La nómina del mes de febrero en un año bisiesto

Al ser un año bisiesto con 29 días en febrero, se plantea la posibilidad de obtener un dinero adicional en el salario, si bien se trata de un suplemento que vendrá marcado por el grupo de cotización y el Convenio Colectivo por el que se rige la empresa. Mientras que el grupo de cotización establece la base de cotización a la Seguridad Social, los Convenios Colectivos se encargan de la definición de las categorías profesionales y sus correspondientes salarios, ya sean diarios o mensuales.

De esta manera, aquellos trabajadores cuya categoría laboral posea un salario diario, percibirán un pago superior, ya que en ese caso se abonarán 29 días de salario. Sin embargo, quienes perciban un salario mensual, percibirán la misma remuneración que en otros meses, basándose en 30 días de trabajo.

Asimismo, es frecuente encontrarse con convenios que determinan la jornada laboral en horas, para que una vez que se supera el límite fijado, las horas extra deben ser pagadas o bien ser compensadas con descanso. Este hecho provoca que, cuando se trata de un año bisiesto, se trabajen más horas de las pactadas, lo que hará que, según lo que se haya establecido, el trabajador pueda disfrutar de más descanso o de una compensación económica por ello.

¿Afecta a los autónomos?

En lo que respecta a los profesionales por cuenta propia, pueden ver cómo sus ingresos aumentan en un año bisiesto por un aumento en los días de cotización a la Seguridad Social, lo que se traduce en una elevación de la base reguladora. Esta base es fundamental para poder realizar el cálculo de prestaciones como maternidad, jubilación o incapacidad temporal.

En concreto, este incremento en la base reguladora asciende al 1,67%, un cambio que viene dado porque en un año bisiesto se cotiza por 52 semanas y 2 días, en lugar de las 52 semanas y 1 día habituales, con el día adicional que tiene que ver con el 29 de febrero. El impacto de este incremento en la base reguladora puede suponer un incremento en las prestaciones que son recibidas por los autónomos, y al mismo tiempo puede suponer un aumento de sus ingresos por un mayor número de días cotizados a la Seguridad Social.

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