Borrador de la reforma laboral

Díaz promete a Bruselas más medidas en 2025 si no se reduce la temporalidad

El Gobierno evaluará cada dos años los resultados de su reforma en la tasa de contratos temporales general y por sectores y adoptará medidas adicionales en el marco del diálogo social si no hay avances.

Yolanda Díaz Bruselas
Díaz promete a Bruselas más medidas en 2025 si no se reduce la temporalidad
Agencias

El Gobierno evaluará en el año 2025 los resultados de su reforma laboral sobre la tasa de temporalidad y, en el caso de que los niveles no se hubieran reducido, tomará medidas adicionales. Así consta en el último borrador trasladado a los agentes sociales, al que ha tenido acceso La Información, en el que figura este compromiso implícito con la Comisión Europea, que ha fijado unos estrictos requisitos de supervisión y evaluación de las reformas adoptadas en el marco de las disposiciones operativas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En concreto, el texto añade una disposición adicional bajo el título "compromiso de reducción de la tasa de temporalidad", en la que se establece que el Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas adoptadas mediante el análisis de los datos de contratación temporal e indefinida en enero del año 2025. Y además se compromete a la publicación oficial de la tasa de temporalidad general y por sectores, que es un dato que hasta ahora solo proporciona la Encuesta de Población Activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Esta evaluación se hará por primera vez en 2025 y a partir de ese momento, se repetirá cada dos años. Y en el caso de que los resultados demuestren que no se avanza en la reducción de la tasa de temporalidad, ya sea en la general o en la de los diferentes sectores, "el Gobierno elevará a la mesa de diálogo social una propuesta de medidas adicionales que permitan la consecución de dicho objetivo, general o sectorial, para su discusión y eventual acuerdo con los interlocutores sociales", determina el borrador gubernamental.

De este modo, el Gobierno deja negro sobre blanco su compromiso con la reducción de la tasa de temporalidad, la mayor del entorno europeo, en una reforma que es clave para Bruselas. Precisamente, desde la Comisión han afeado a España en numerosas ocasiones la excesiva dualidad del mercado laboral y le han pedido reducirla a sucesivos gobiernos, sin demasiado éxito hasta la fecha. En el marco del Plan de Recuperación, resulta crucial que este objetivo se alcance y, para ello, la evaluación ex post de las medidas es fundamental para las autoridades europeas.

Nuevo tipo de contrato

En cuanto a las medidas concretas para reducir la temporalidad, específicamente respecto a la reducción del menú de contratos, el último borrador incorpora algunos cambios. Antes reducía a solo dos las causas para firmar un contrato temporal: por circunstancias de la producción o sustitución de un trabajador. Y ahora se incluye dentro de las causas de producción "la realización de actividades ocasionales en atención a su naturaleza, aunque tengan carácter previsible y cíclico". En todo caso, y aquí aparece otra novedad importante, se limita el número de este tipo de contrato que las empresas pueden concertar dentro de un año natural, en función del tamaño de la empresa.

El borrador establece la siguiente escala: las empresas de 1 a 5 trabajadores podrán firmar solo un contrato para tareas ocasionales; las de 6 a 10 empleados podrán concertar dos; en las que tengan una plantilla de entre 11 y 30 personas se amplía hasta tres. Y a partir de aquí, en las empresas que cuenten con entre 31 y 100 trabajadores se limita el uso de esta modalidad a un máximo de 5 contratos o el 8% de la plantilla; para las empresas que tengan entre 101 y 500 empleados se fija un tope de 15 contrataciones o el 7% de la plantilla; y para las grandes empresas con más de 500 personas se reduce su uso a 30 contratos o a un máximo del 4% de la plantilla.

Se fija, eso sí, que en el caso de las empresas del sector agrario, que por sus necesidades particulares requieren de un mayor uso de esta modalidad contractual, "el número máximo de contratos a realizar en cada tramo se incrementará en un 50%". Y con carácter general se establece, además, que "en el supuesto de que un puesto de trabajo, entendido como el desarrollo de unas iguales o equivalentes tareas y funciones, sea ocupado con contratos para actividades ocasionales durante más de cinco meses en un año, la persona que lo esté ocupando, o que lo ocupe tras ese periodo, será considerada indefinida".

Duración máxima de tres meses

El texto también establece que cuando el contrato de duración determinada obedezca a circunstancias de la producción, su duración no podrá ser superior a seis meses y excepcionalmente, por convenio colectivo de ámbito sectorial, se podrá ampliar la duración máxima del contrato hasta un año. Así estaba marcado ya en anteriores borradores de la reforma. La novedad que se incorpora aquí es que en los contratos para actividades ocasionales, la duración máxima será de tres meses.

Con estos cambios, que flexibilizan considerablemente la rigidez introducida en materia de contratación temporal en anteriores borradores, en los que se llegó a plantear una tasa máxima generalizada del 15% de temporalidad en las empresas, el Gobierno busca atraer a la patronal al acuerdo en la recta final de las negociaciones. La reforma tiene que estar lista antes de que acabe el año y los empresarios habían puesto pie en pared precisamente en lo relacionado con las limitaciones a la contratación temporal. El giro se produce después de que la CEOE haya 'plantado' al ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, en el pacto alcanzado con los sindicatos para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional de las pensiones. De ambas reformas va a depender que el grifo de los fondos europeos siga abierto.

Mostrar comentarios