Batería de propuestas

La fotovoltaica pide plazos flexibles para sus proyectos ante los procesos judiciales

UNEF teme que las decisiones judiciales en Galicia salpiquen a las plantas solares y presentan una enmienda al RD 8/2023 en la que propone que se adapten los tiempos a situaciones particulares que no dependen del promotor.

Operario en una planta solar fotovoltaica.
La fotovoltaica pide plazos flexibles para sus proyectos ante los procesos judiciales.
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Las decisiones judiciales sobre la eólica en Galicia han puesto también en alerta al sector fotovoltaico. La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) se ha puesto manos a la obra para intentar acabar con cualquier tipo de incertidumbre que pueda acechar a los promotores de plantas en este sentido y solicita al Gobierno que siempre que existan procesos judiciales abiertos que impidan el cumplimiento temporal de los hitos, los plazos puedan ser paralizados para adaptarse dicha situación.

La asociación, que representa a más de 800 empresas -aproximadamente el 90% de la actividad del sector en España-, ha registrado nueve enmiendas a través de distintos grupos parlamentarios al proyecto de Ley por la que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía (procedente del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre).

"Se busca adaptar la temporalidad de los hitos a situaciones en las cuales estos puedan verse afectados por procesos judiciales, mediante la suspensión de plazos por medidas cautelares", explica en una de las enmiendas a la que ha tenido acceso La Información. Además, UNEF solicita que se modifique el cómo computa la petición para prolongar hasta un máximo de ocho años el plazo para disponer de la autorización administrativa de explotación. Considera que en el caso de proyectos tramitados por Comunidades Autónomas que hubieran obtenido la autorización administrativa de construcción (ACC), pero no la correspondiente a su infraestructura de conexión, el plazo debe correr desde la obtención de la última autorización administrativa de construcción. Consulta aquí cuáles son los plazos actuales según la norma vigente.

Indefinición en los plazos 

La asociación alega que la redacción actual no deja claro desde cuándo se debe solicitar la extensión del hito. "La indefinición abre un interrogante sobre cuándo deben los titulares de permisos de acceso y conexión solicitar la extensión del plazo, si desde los tres meses de la obtención de ACC de la planta o cuando se tenga la AAC tanto de la planta como de las infraestructuras de conexión. Tampoco deja claro si existe una necesidad de presentar solicitudes de extensión por separado para la planta y las infraestructuras de evacuación", subraya en la enmienda a la que ha tenido acceso este periódico.

También plantea una corrección sobre el plazo máximo para acreditar los hitos. En resumidas cuentas, defiende que debe entenderse obtenida la autorización administrativa de explotación, y por tanto, el cumplimiento del quinto y último hito administrativo, cuando se reciba el acta de puesta en servicio, emitida por el área, o en su caso, dependencia de Industria y Energía de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno que hayan tramitado el expediente, tras la completa ejecución del proyecto y con carácter previo al inicio, ante el gestor de la red, del procedimiento de conexión de la instalación.

Por su parte, en cuanto a la liberación de capacidad para autoconsumo en los nudos reservados para concurso, plantea que se fije un procedimiento único de solicitud de acceso y conexión para este tipo de instalaciones, bajo "unos criterios claros y estandarizados de viabilidad para todas las distribuidoras". Actualmente, las instalaciones de autoconsumo con excedentes de más de 15 kilovatios (kW) tienen que solicitar el permiso de acceso y conexión como plantas de generación, aunque vayan a inyectar menos de esa potencia a la red.

De este modo, lo que piden desde UNEF es ampliar la exención de solicitud de permiso de acceso a todas las instalaciones que inyecten hasta 15kW. En su opinión, independientemente de la potencia instalada, esto permitirá introducir a la red gran parte de la energía que ahora se pierde en instalaciones de "autoconsumo sin excedentes". Dada la "heterogeneidad" de solicitudes para conexión a la red de parte de las distribuidoras, también propone una homogeneización de los procedimientos para facilitar la instalación de autoconsumos.

La norma actual establece que en el caso de solicitudes de acceso de demanda para realizar autoconsumo con conexión en posiciones de generación de la red de transporte que cuenten previamente con permisos de acceso de generación, el permiso de acceso de demanda no podrá otorgarse por una capacidad superior al 50% de la capacidad de acceso de la instalación de generación. UNEF quiere que se elimine esta parte alegando que no queda claro cuál es el motivo por el que se establece este límite. Sostiene que puede establecer una "restricción indeseada" en aquellos sitios donde los excedentes puedan ser almacenados a través de baterías.

Hasta 450 kW la exención de registrarse como generador

En la misma línea, desea que se incremente de 100 kW a 450 kW el límite por el que la instalaciones de autoconsumo con excedentes están exentas de la obligación de inscripción en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica. Manifiesta que el tope actual es "muy restrictivo" porque deja fuera a muchos autoconsumidores medianos conectados a baja tensión (<1kV). A su vez, expresa que la medida facilitaría la constitución de comunidades energéticas, ya que estas quedarían dentro de la misma modalidad de autoconsumo que los consumidores pequeños permitiendo que compartan la energía sobrante entre sí, cosa que ahora no es posible. En consecuencia, solicita que también se incremente hasta 450 kW la exención de las instalaciones para solicitar permisos de acceso y conexión, así como que aumente hasta 5 kilómetros la limitación para compartir excedentes a través de red o se elimine directamente.

Otro tema que aborda es el de las garantías que tienen que presentar las instalaciones de almacenamiento para obtener los permisos de acceso y conexión. Están fijadas en 20 euros/KW y la asociación argumenta que la cuantía es "muy superior al riesgo que se pretende cubrir", llegando incluso a desincentivar o paralizar la inversión al no poder muchos promotores asumir el riesgo de la pérdida de avales junto con los riesgos implícitos en este tipo de proyectos pioneros que buscan el desarrollo de un mercado y un modelo de negocio que hoy en día no existe. "El marco regulatorio propuesto representa un grave impedimento para el pronto y ágil desarrollo de proyectos de almacenamiento e hidrogeno e imposibilita alcanzar los objetivos del PNIEC y la oportunidad de que España se convierta en un país pionero y referente a nivel mundial en este sector", argumenta UNEF.

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