Cada tres meses

Todos los gastos deducibles para autónomos en la declaración del IVA

Cada trimestre los trabajadores por cuenta propia tienen que presentar un documento donde figuren todos los ingresos y gastos asociados a este impuesto.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

Con la llegada de un nuevo trimestre los autónomos deben presentar la declaración del IVA este próximo mes de octubre. Todos los propietarios de un negocio o trabajadores por cuenta propia tienen esta obligación fiscal donde se muestra la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado. En esta ocasión deben tener en cuenta los últimos cambios de Hacienda en correspondiente modelo de autoliquidación, que recientemente ha modificado la casilla 67 para dividida en tres nuevas opciones.

Existen una serie de gastos deducibles en esta declaración que todos los autónomos pueden aprovechar, aunque hay que tener cuidado y cumplir con los requisitos antes de añadirlos en el documento. De lo contrario, la Agencia Tributaria podría ponernos importantes multas con un recargo de hasta el 20%.

Además, tendrán que poner atención en las facturas, ya que ahora la AEAT dispone de nuevas herramientas para detectar posibles fraudes, especialmente en los negocios donde se utilice más dinero en efectivo. Durante esta próxima declaración trimestral del IVA estos son algunos de los gastos deducibles que pueden incluirse en el documento.

Hasta siete reducciones

Hacienda recuerda que para poder aceptarlos es necesario que cumplan con tres requisitos. Por un lado es esencial que estén vinculados a la actividad económica o afecten a la misma, también deben estar justificados, por lo que será imprescindible contar con recibos o facturas. Por último, el trabajador tendrá que registrarlos en un libro de gastos o inversiones para llevar la cuenta.

  • Material profesional: todas las compras para el correcto funcionamiento de la empresa o desempeño de la actividad laboral pueden incluirse en este apartado. Estos podrán ser diferentes dependiendo del sector. Además, también se contemplan los del teletrabajo, aunque en este caso habrá una limitación del 30% ya que se entiende en cierto porcentaje forman parte de la vida privada del individuo. 
  • Gastos de manutención: quienes tengan asalariados pueden incluir ciertos desembolsos de dinero en la declaración siempre y cuando el trabajador se desplace fuera de su lugar de residencia. Esto puede cambiar dependiendo de si hace o no noche fuera.
  • Gestorías o asesorías: las empresas que hagan uso de servicios externos para la gestión o asesoramiento tienen la posibilidad de reducir estas facturas.
  • Representación de la empresa: cuando un trabajador se convierta en representante o cara visible de la empresa en viajes de negocios o ferias comerciales, todos esos gastos asociados podrán deducirse.
  • Formación de empleados: cualquier tipo de curso o capacitación que reciban los trabajadores o el propio autónomo podrán incluirse como gasto deducible en la declaración trimestral.
  • Publicidad y otros servicios: además, si realiza desembolsos con el objetivo de darse a conocer también podrá incluirlo. Esto no solo se limita a los modelos clásicos de publicidad, también pueden entenderse en webs u otros escaparates.
  • ​Dominios web: si has tenido que realizar una página web para darte mayor visibilidad u ofertas tus productos esos gastos asociados podrán detallarse en la declaración.
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