
A partir del próximo lunes, los ciudadanos podrán solicitar el ingreso mínimo vital, una nueva prestación aprobada por el Gobierno para aquellas personas situación de vulnerabilidad. En este mes de junio, 100.000 hogares serán los primeros en beneficiarse de la prestación.
La ayuda está destinada a aquellas personas en situación de vulnerabilidad cuyos ingresos sean inferiores a 200 euros en el caso de un individuo que viva solo y tenga un trabajo a tiempo parcial que le genere, como máximo, esa cantidad de ingresos. Si se trata de una unidad familiar será necesario acreditar estar por debajo de los 450 euros. Además de contar con unos ingresos bajos, se debe tener residencia legal en España y una edad comprendida es entre 23 y 65 años de edad para poder solicitar la ayuda.
A través de la página de la Seguridad Social se puede solicitar esta nueva prestación no contributiva que oscila entre los 462 y los 1.015 euros. Antes de hacerlo, es importante que conozca los motivos que pueden llevar a la suspensión de la misma.

- Pérdida temporal de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.
- Incumplimiento por parte de la persona beneficiaria, del titular o de algún miembro de su unidad de convivencia de las obligaciones asumidas al acceder a la prestación.
- Incumplimiento de las condiciones asociadas a la compatibilidad del ingreso mínimo vital con las rentas del trabajo o la actividad económica por cuenta propia.
- Cualquier otra causa que se determine reglamentariamente.
- Se procederá a la suspensión cautelar en el caso de traslado al extranjero por un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales al año, sin haber comunicado a la entidad gestora con antelación el mismo ni estar debidamente justificado.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos de ingresos y patrimonio para poder acceder a la nueva prestación no deben ser acreditados por los solicitantes. Será la administración pública quién se encargue de recabar la información por medios telemáticos. De esta manera, se analizará que no se tenga más de un patrimonio fijado para poder acceder.

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