El Consejo de Ministros de este martes aprobará la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en 15 euros mensuales, después de que hace poco más de diez días, el Gobierno y las organizaciones sindicales CCOO y UGT alcanzasen un acuerdo para llevar el SMI hasta los 965 euros en 14 pagas, con efectos desde el 1 de septiembre. Un pacto en el que las partes establecieron además el compromiso para que el SMI, mediante su "progresiva revisión" en 2022 y 2023, alcance el 60% del salario medio antes del fin de la legislatura. Objetivo que volvió a reiterar durante el día de ayer, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante unas jornadas sobre el futuro del trabajado celebradas en el Centro Botín de Santander.
Además del evidente efecto que tendrá en la nómina de aquellos que cobran el SMI, este incremento tendrá incidencia en las pensiones, la cuota de los autónomos y determinadas ayudas y subsidios del SEPE. ¿El motivo? El límite para acceder a ellas lo fija el 75% del salario mínimo. Así las cosas, si anteriormente el límite de rentas no podía exceder de 712,5 euros, ahora con la subida de 15 euros, la cifra se incrementará en 723,75.
Subsidio por desempleo
Tal es el caso del subsidio por desempleo, que está destinado para aquellos que han trabajado menos de un año. Eso sí, detalla el SEPE, hay que tener en cuenta que la duración depende del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares. La cuantía de este es de 451,92 euros.
Subsidio por desempleo con cargas familiares
Otra ayuda del SEPE, cuyo límite de ingresos lo fija el SMI, es el subsidio por desempleo con cargas familiares. Destinado para aquellos que han agotado su prestación contributiva y tiene responsabilidades familiares.
La duración de este será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad, siempre que lo solicite en plazo y mantenga los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.
Subsidios para mayores de 45 y de 52 años
Por otro lado, la subida del SMI también afecta a aquellos subsidios para mayores de 45 y 52 años, sin cargas familiares, que han agotado la prestación contributiva. La cuantía de este es de 451,92 euros.
Renta de Inserción Activa (RAI)
En el caso de la RAI, uno de los requisitos también es no excederse de ese 75% del SMI. Esta ayuda está destinada a aquellos que no tienen derecho al subvsidio por desempleo ni a la prestación contributiva.
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