Cotización especial

Estas son las personas empleadas del hogar que no tienen derecho a paro

Desde el Servicio Público de empleo Estatal advierten que aquellos que trabajen bajo el Sistema Especial para Empleados del Hogar podrían tener dificultades para acceder al subsidio de desempleo.

Empleados del hogar limpiando.
Empleados del hogar limpiando.
©[Katarzyna Bialiasiewicz de Getty Images] a través de Canva.com

El Ministerio de Trabajo continúa abordando la situación salarial y de cotizaciones del colectivo de empleados del hogar que cuenta con más de 381.082 personas. A lo largo del año pasado enviaron más de 45.000 cartas a aquellas personas que tuviesen trabajadores del hogar con el objetivo de regularizar los salarios con un mínimo de 950 euros al mes en 14 pagas. Ahora, con la subida de 15 euros del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) el sueldo promedio será de 965 euros. Cabe destacar que desde la Seguridad Social especifican que la nómina no puede ser inferior a 1.125,83 euros al mes si tienen un contrato de trabajo a tiempo completo.

Las personas empleadas en el hogar han sido uno de los colectivos más afectados durante la pandemia, ya que, a pesar de estar dados de alta en la Seguridad Social no disfrutan de las mismas protecciones que el resto de trabajadores. Por ejemplo, durante los peores meses de la pandemia, los sindicatos denunciaron que al no estar incluidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, lo cual dificultaba su situación si se contagiaban y los contratos podían extinguirse sin especificar la causa.

Esto se debe a que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contempla un régimen especial de cotización para el colectivo que no les permite acceder al paro. Veamos cómo funciona este caso y en qué situaciones sí podrían acceder al subsidio por desempleo.

Sistema Especial para Empleados de Hogar

Tal y como apunta el SEPE, cuando una persona empleada del hogar finaliza su contrato, no tendría derecho a la prestación por desempleo ya que al cotizar por el Sistema Especial para Empleados del Hogar no se contempla esta ayuda.

No obstante, existen excepciones. Por lo que la persona tendrá derecho a la ayuda del paro si en los seis años anteriores a su alta en la Seguridad Social cotizó, al menos, 360 días en el Régimen General o en otro Régimen de Seguridad Social. Cabe destacar que para dicha prestación no se tendrán en cuenta las cotizaciones en el Sistema Especial de Empleados de Hogar.

Tras los acuerdos del Gobierno, sindicatos y patronal, el real decreto ley de la reforma laboral ha suavizado la penalización a las empresas por el abuso de los contratos temporales, y aunque se mantiene en 25 euros, limita las condiciones. En este caso, solo se aplicará para contratos de menos de 30 días y excluyen algunas modalidades, como los contratos de sustitución, el Sistema Especial para trabajadores agrarios por cuenta ajena; trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón.

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