Fiscalidad

¿Por qué los pensionistas tienen que presentar la declaración de la Renta?

Las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad, enfermedad o viudedad se consideran rendimientos del trabajo, según el artículo 17 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.

¿Cuándo empieza la declaración de la Renta en 2023? Todas las fechas clave
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Europa Press

No parece sencillo imaginar el próximo 11 de abril a un pensionista, por ejemplo, una persona mayor de 65 años que se haya retirado definitivamente del mercado laboral, en una de las oficinas de la Agencia Tributaria presentando la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022. Sin embargo, aunque a priori pueda parecer que solo los trabajadores por cuenta propia y asalariados deben cumplir sus obligaciones anuales con el fisco, no son los únicos. 

Lo cierto es que aquellas personas que cobren una pensión contributiva de la Seguridad Social, y superen ciertos umbrales de rentas que se detallan a continuación, entran a formar parte dentro de lo que el Ministerio de Hacienda y Función Pública, liderado a día de hoy por María Jesús Montero, de la categoría de contribuyentes. Y es que, a diferencia de lo que se suelen pensar, Hacienda incluye a las pensiones como rendimientos de trabajo.

Sin embargo, para fortuna de algunos pocos, existen ciertos pensionistas que están exentos de hacer la Renta. Corresponde a aquellos que durante el ejercicio de 2022 hubieran obtenido ingresos inferiores a los 22.000 euros, si fueron recibidos por un solo pagador. En el caso de que se haya tenido más de uno, el umbral se limita a los 15.000 euros. Recordemos que hasta hace un año, el límite era de 14.000 euros. Justo en este sentido, la ley del IRPF, en su artículo 7, incluye una serie de pensiones exentas de presentar la declaración de la Renta.

Por otra parte, tampoco hay que olvidar a aquellos profesionales que hayan optado por la jubilación activa, lo cual significa que el año pasado mantuvieron alguna actividad profesional mientras se percibía la pensión de jubilación de la Seguridad Social, una pensión del extranjero; o que realicen un rescate de su plan de pensiones. 

¿Deben hacer la declaración de la Renta los pensionistas?

Los pensionistas que reciban una prestación económica de la Seguridad Social, como en el caso de la de jubilación, tiene la consideración de pagador. Por lo tanto, según el artículo 96 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, aquellos pensionistas que superen los 22.000 euros en su pensión tienen la obligación de presentar la declaración. 

A todo ello hay que sumarle los que obtuvieron Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. Asimismo, las pensiones procedentes del extranjero constan como un segundo pagador, por lo que en el caso de que sean mayores de 1.500 euros, deberán hacer la declaración. Pero no son los únicos. 

También aquellos pensionistas que hayan percibido el Ingreso Mínimo Vital o que formen parte de una unidad familiar en donde se haya percibido. Y aquí viene otra cuestión a tener muy en cuenta, especialmente para los que durante el año pasado pasaron a recibir una pensión y antes tenían otros ingresos, como pueden ser los propios de un puesto de trabajo. Durante ese año tendrá los ingresos por su sueldo y por la pensión pagada por la Seguridad Social. Por ello, deberá sumar todos y tendrá que presentar la declaración si supera los 15.000 euros.

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