Socios de CEOE piden que los contratos indefinidos tengan 'cláusula de rescisión'

  • Un documento interno de la patronal abre la puerta a reivindicar que las empresas sean indemnizadas cuando un trabajador fijo rompa su contrato. 
Foto Antoine Griezmann / EFe
Foto Antoine Griezmann / EFe

En el fútbol está totalmente naturalizado y en las grandes empresas del Ibex 35, también. Las empresas se cubren ante eventuales salidas inesperadas de sus principales 'activos' pactando dentro del contrato el establecimiento de una compensación económica si un jugador o un alto directivo decide abandonar la compañía antes de que finalice la relación laboral pactada en su día. El instrumento se conoce como 'cláusula de rescisión' y un grupo de organizaciones de CEOE ha considerado que sería buena idea plantearse generalizar su uso en todos los contratos indefinidos, de forma que igual que la empresa debe indemnizar al trabajador con una cantidad cuando decide prescindir de sus servicios, los trabajadores con una relación laboral estable también tengan que abonar una compensación económica a la empresa cuando decidan de forma unilateral romper su contrato y marcharse a otra compañía.

La idea, que a buen seguro desencadenará una animada controversia en el mundillo laboral, se incluye en un documento interno de la Comisión de Diálogo Social y Empleo de CEOE al que ha tenido acceso La Información y que bajo el título 'La normativa laboral, a debate' pretende agregar las principales propuestas de reforma de las organizaciones miembro con el objetivo de "servir de punto de partida para la discusión en el seno de la Comisión y para futuros debates en el marco del diálogo social", según se explica en el preámbulo del documento.

Los responsables del 'paper' se cuidan mucho de aclarar que "ninguna de las propuestas vertidas en el mismo se corresponde, a priori, con lo que será la posición de CEOE, que habrá de ahormarse fruto de los debates y las aportaciones de todos (los asociados)", si bien no ocultan que se trata de un punto de partida y una base sobre la que articular los debates.

La propuesta se enmarca en las medidas planteadas para mejorar la contratación y configurar "un sistema más claro, sencillo, flexible y fácil de gestionar". El documento aboga por que "se prime un modelo de contrato indefinido con cláusula de rescisión previamente pactada e indemnización calculada conforme a variables de tiempo de permanencia y salario". Dos novedades, por tanto. La primera, la posibilidad de establecer por primera vez en el marco laboral doméstico una compensación a la empresa cuando un trabajador fijo decida romper su contrato y marcharse a otra compañía; la segunda, un cambio de paradigma en el método de cálculo de la indemnización por despido, sustituyendo el modelo actual de un fijo de días por año trabajado por un modelo progresivo vinculado al tiempo de permanencia en la empresa y corregido por la escala salarial del trabajador.

En cuando a las cláusulas de rescisión, el papel de CEOE se limita a formular esa posibilidad legal y ni siquiera plantea una referencia de a cuánto podría ascender dicha compensación o si se limitaría o no a un perfil determinado de trabajadores. Simplemente se limita a especificar que debería acordarse en el momento de la firma del contrato entre la empresa y el trabajador.

Fuentes del ámbito legal explican que esta opción se utiliza en algunos casos, aún muy puntuales, en los que se considera que el trabajador además del salario se ha beneficiado de un plus por la formación recibida o bien cuando el trabajador ocupa un puesto estratégico para la empresa y su salida sin acuerdo puede generar un problema ante el que las compañías prefieren cubrirse económicamente.

Reforma total del despido en España 

Las propuestas enviadas a la Comisión de Diálogo Social y Empleo de CEOE, presidida por Agustín González Hermosilla, director de Recursos Humanos de Ferrovial, hacen especial hincapié en la necesidad de reformar los mecanismos de extinción de los contratos que prevé la normativa actual y plantean una reforma integral del despido en España. En este sentido, los socios de CEOE reclaman en esencia establecer de forma clara procedimientos y causas objetivas para los despidos "para evitar que los tribunales sigan realizando juicios de razonabilidad". En otras palabras, que cuando una empresa respete las causas establecidas en la ley pueda reducir su plantilla sin la incertidumbre ni la inseguridad jurídica de que la Justicia pueda revocar después estos procesos en función de la interpretación de la ley que haga el juez de turno.

La situación vivida tras la crisis con los tribunales anulando regulaciones de empleo a diestro y siniestro pese al supuesto paraguas de la reforma laboral ha desarrollado un temor en las empresas a la reinterpretación judicial del procedimiento administrativo. Plantean, por ejemplo, eliminar la previsión legal que permite las declaraciones de nulidad por los tribunales "por meros defectos formales" o limitar la posibilidad de impugnar en la fase judicial despidos colectivos que hayan sido fruto de un acuerdo entre empresario y sindicatos.

El documento está estructurado en diez grandes áreas de reforma: concepto de personas empleadas, contratación, cotizaciones y bonificaciones, políticas de empleo, tiempo de trabajo, extinción de los contratos, absentismo laboral, externalización de actividades, negociación colectiva y huelgas. Respecto a este último punto, se vuelve a reivindicar un nuevo marco jurídico para el derecho de huelga, que supere las disfunciones en su ejercicio derivadas del actual esquema que "responde al modelo de relaciones laborales preconstitucional".

Las propuestas recabadas por CEOE inciden en que ese nuevo marco jurídico debe contemplar la seguridad de personas, bienes y servicios, el alcance de la actividad informativa de los convocantes (en otras palabras, la regulación de los piquetes sindicales), la situación en servicios públicos y sectores estratégicos y la responsabilidad derivada de daños a personas y bienes.

Mostrar comentarios