Conflicto inexistente con la AGE

El tribunal de Cataluña condena a la Generalitat a pagar 81 millones a Renfe

La sentencia corresponde a un recurso presentado por el operador ferroviario en 2021 contra la Consejería del ramo catalana por su negativa a abonar créditos pendientes. El Govern anuncia que recurrirá el fallo

El tribunal de Cataluña condena a la Generalitat a pagar 81 millones a Renfe
El tribunal de Cataluña condena a la Generalitat a pagar 81 millones a Renfe
Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la Generalitat a pagar una deuda de 80.926.248 euros, más los intereses de demora, a Renfe por una reclamación presentada por la compañía para que asuma los costes inherentes al Plan de Acción para la mejora de la calidad de los servicios de Rodalies, el operador de trenes de cercanías catalán. La consellera de Territorio, Ester Capella, ha anunciado en una entrevista en Ser Catalunya recogida por Europa Press que el Govern recurrirá la sentencia al entender que es el Estado "el principal incumplidor". 

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha dado la razón a Renfe, que en 2021 presentó un recurso contra la Consejería de Territorio y Sostenibilidad por su negativa a abonar créditos pendientes, y condena al Govern a pagar los casi 81 millones de euros.

La cifra fijada por el tribunal incluye incrementos por cánones ferroviarios y corresponde a la reclamación que hizo Renfe por el Plan de Acción 2016-2019, pero la Generalitat se opuso y alegó que es la Administración General del Estado la que tiene que pagar la cantidad.

Rifirrafe administrativo

El tribunal afirma que es la Generalitat la competente en ese Plan de Acción y que los servicios de Renfe se prestaron sin oposición por parte del Govern, por lo que el conflicto que tenga con la AGE debe ser dirimido en un ámbito diferente a la vía judicial. "Hay un reconocimiento tácito cuando la prestación del servicio, acomodado al plan de Acción se presta por Renfe-Viajeros sin oposición alguna por parte de la Administración gestora del servicio en los términos señalados", recoge sentencia a la que han tenido acceso Europa Press y EFE.

El TSJC admite ahora en una sentencia la reclamación de Renfe al considerar que el compromiso de pago "no sólo se halla reconocido, sino que además frente a él no cabe alegar un conflicto con la Administración General del Estado en relación con las transferencias de recursos, conflicto al que es ajena la sociedad mercantil Renfe Viajeros SA, actora en este proceso".

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