Según el Código de Buenas Prácticas

Los bancos tendrán que asumir una quita por la parte no avalada de los ICO

La reestructuración de préstamos contempla transferencias por parte del Estado para reducir la financiación con avales solicitada en la pandemia, que requerirá de un esfuerzo económico de las entidades

El ICO pretende abordar una reforma integral de su sede corporativa.
Los bancos tendrán que asumir una quita por la parte no avalada de los ICO. 
Bruno Pérez | EFE

El Código de Buenas Prácticas presentado este martes por el Gobierno para la reestructuración de los préstamos concedidos por las entidades financieras con avales públicos recoge el deber del sector de asumir parte del esfuerzo económico en la aplicación de las quitas. Como medida de último recurso, se ha establecido la realización de transferencias por parte del Estado para reducir la financiación con garantía pública solicitada durante la pandemia. Esta medida supondrá un esfuerzo por parte de las entidades financieras concedentes de la financiación, que asumirán una quita por la parte proporcional no avalada del préstamo.

La inyección de ayudas directas al tejido productivo para la reducción del principal se enmarca en un eje que se verá apoyado con la creación de una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros. Las quitas de deuda podrán ser del 50% si la caída de la facturación fue inferior al 70% y de hasta 75% si el desplome ascendió a más del 70%. Las entidades financieras deberán asumir la parte proporcional de la reducción del préstamo y el abono de las transferencias se realizará por orden de comunicación, estando limitado al agotamiento de los fondos establecidos para cada uno de los organismos que han concedido préstamos de este tipo: 2.750 millones de euros para ICO; 100 millones para CESCE y 150 millones para CERSA.

Además de las quitas, que se pide que se apliquen con carácter excepcional, el Ejecutivo ha dispuesto otras medidas más ligeras con el fin de reforzar la solvencia de las empresas y que pasan por una nueva ampliación de vencimiento de los préstamos cubiertos con garantía del Estado, así como por el mantenimiento del aval en los casos de conversión de los créditos en préstamos participativos. 

De este modo, se podrá extender de forma adicional el plazo de vencimiento de los préstamos que cuenten con aval público hasta los diez años, desde los ocho actuales, con el fin de que los autónomos y empresas dispongan de un periodo de tiempo mayor para poder recuperar su actividad económica y hacer frente a sus compromisos financieros. Esta medida será de obligada aplicación por las entidades que voluntariamente hayan suscrito el Código en las empresas que lo soliciten y que cumplan los requisitos que, entre otros, son el no estar en mora en ningún otro crédito ni en procedimiento concursal y haber registrado una caída de la facturación en 2020 de al menos el 30%. Adicionalmente, se permitirá la ampliación del plazo de carencia más allá de los dos años por acuerdo entre las partes.

En el caso de los préstamos participativos, se mantendrá la cobertura de la garantía, medida que el Gobierno considera que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias, al tener un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles. Para poder beneficiarse de esta medida, la empresa deberá haber sufrido una caída de su facturación del 30% en 2020, con la cuenta de pérdidas y ganancias del año 2020 presentando además un resultado negativo después de impuestos. Igual que en el supuesto anterior, la empresa deberá cumplir con los requisitos de no estar en mora en ninguna financiación suscrita con el banco y no estar en concurso de acreedores.

Las entidades que decidan sumarse tendrán que hacerlo mediante un escrito enviado a la Secretaría General del Tesoro y deberán rendir cuentas ante una comisión de control que presidirá Carlos San Basilio, cuya información que les requiera tendrá que ser remitida trimestralmente al Banco de España. Su publicidad y control no quedará ahí. Serán fácilmente señaladas porque también estarán obligadas a informar adecuadamente a sus clientes sobre su adhesión, información que habrán de facilitar a través de su red comercial de oficinas.

Desde que estalló la crisis, las empresas y autónomos han recibido financiación por un importe que alcanza ya los 126.058 millones de euros articulado a través de 1,059 millones de operaciones aprobadas, según los últimos datos disponibles correspondientes al pasado 5 de mayo. El 98% de los beneficiados son autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes). El importante desembolso ha sido asumido en mayor parte por el Estado, correspondiendo 95.825 millones de euros a garantías públicas, mientras que los 30.233 millones de euros restantes representan el riesgo contraído por los bancos.

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