El Ayuntamiento de Castilleja reduce a 198.000 euros el coste máximo del derribo de la escuela de hostelería

EUROPA PRESS

Esta modificación presupuestaria, según ha explicado a Europa Press el alcalde, se imprime sobre los presupuestos municipales de 2015, prorrogados durante lo que llevamos de 2016, y releva a la modificación presupuestaria aprobada ya el pasado mes de noviembre para el mismo fin y con un valor de 207.000 euros.

Anastasio Oliver, en ese sentido, ha aclarado que la modificación presupuestaria del pasado mes de noviembre fue acometida para demostrar a la Justicia que el Ayuntamiento estaba ya dando cumplimiento a la citada sentencia, con un valor derivado de "los presupuestos pedidos" a empresas del sector de la demolición. En el caso de esta nueva modificación presupuestaria, que reduce en unos 9.000 euros el coste máximo de la operación, el valor de la misma "está ajustado al proyecto de demolición" redactado a tal efecto.

LA ESCUELA DE HOSTELERÍA

El conflicto, recordémoslo, deriva del recurso de un colectivo de vecinos contra la aprobación definitiva, en 2009, de una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Castilleja de Guzmán, destinada a la ordenación y nueva delimitación de las parcelas de espacios libres y equipamientos ubicadas entre las calles Álvarez Quintero y Gustavo Adolfo Becquer.

Y es que en esta zona de espacios libres, el Ayuntamiento, la Mancomunidad para el Fomento y Desarrollo del Aljarafe y la Consejería de Empleo construían por aquel entonces una escuela de hostelería.

Según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ratificada en 2014 por el Tribunal Supremo, esta modificación del planeamiento urbano tenía como destino no los "intereses generales, sino intentar enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento", entonces gobernado por el PSOE, en lo que se refiere a la ordenación en la que se encuadraba el proyecto de escuela de hostelería, dado que los trabajos de construcción estaban ya en marcha antes de que fuese aprobada definitivamente la modificación del planeamiento.

"La modificación no obedeció a la búsqueda de los intereses generales, sino a intentar enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento", señalaba el fallo del TSJA, que declara "espuria" la mencionada modificación urbanística de 2009 y ordenaba derribar las construcciones porque "no pueden encontrar amparo jurídico". "En la parcela se infringió el orden jurídico con la construcción realizada antes de la modificación del plan general", insistía el fallo.

Después de que el Tribunal Supremo confirmase esta sentencia que ordena derribar la escuela de hostelería, el TSJA solicitó al Ayuntamiento información sobre "las actuaciones y resoluciones adoptadas para llevar a cabo la demolición de lo ilegalmente construido".

PROYECTO DE DEMOLICIÓN

Tras esto, el Ayuntamiento pidió a su arquitecto municipal "un informe sobre la normativa urbanística vigente tras la anulación de la aprobación de la modificación del PGOU de 2009, así como sobre la incidencia de ello para llevar a cabo la demolición de lo ilegalmente construido".

Este pasado año 2015, el Ayuntamiento elevaba un nuevo escrito al TSJA, exponiendo que en un auto de fecha 27 de abril, el alto Tribunal Andaluz había zanjado sobre la ejecución de la sentencia, que la orden de demolición afecta a "las obras de construcción del edificio destinado a escuela de hostelería en su totalidad, sin distinción de parte alguna del mismo, ni de parte semienterrada que contenga gimnasio, aulas deportivas, vestuarios, aseos, almacén de material deportivo, vestuarios de piscina, cuarto de depuradoras, almacén de productos de piscina, etcétera", incluyendo así "la demolición de toda la instalación al aire libre, quioscos, bares, equipamientos culturales al aire libre, que excedan de los 238 metros cuadrados permitidos".

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