El Gobierno intervendrá si la sentencia de las hipotecas ataca a la seguridad jurídica

  • Se espera que la resolución ratifique que los bancos deben pagar el AJD y deje claro el periodo desde el que se puede reclamar el tributo.
Carlos Lesmes en la apertura del Año Judicial Militar
Carlos Lesmes en la apertura del Año Judicial Militar
EUROPA PRESS - Archivo

El Gobierno ha evitado hasta el momento pronunciarse de forma oficial sobre la sentencia el Supremo que obligaba a los bancos a pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) y que ha causado una revolución en el seno de la institución. Pero ese respeto obligado no obsta para que desde algunos de sus ministerios estén velando armas, pendientes de llevar a cabo una posible intervención en caso de que la resolución del Pleno de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo no sirva para garantizar la seguridad jurídica y cause un mal mayor que el problema que pretende solucionar.

Todos los frentes están abiertos. La ministra de Justicia, Dolores Delgado, aseguraba ayer en el Congreso, al hablar del caos judicial que están generando las cláusulas suelo, que se tomarán medidas para evitar que los bancos bloqueen este proceso o los que puedan surgir en casos similares, como en los gastos de las hipotecas. Desde el Ministerio de Economía ya se han puesto manos a la obra con la nueva redacción del artículo declarado nulo del reglamento de ITP y AJD. Y la ministra Montero aseguraba este jueves que el Gobierno fijará los mecanismos necesarios para que las comunidades autónomas no pierdan dinero si al final el impuesto lo tienen que pagar los bancos y los usuarios se lo reclaman primero a ellas.

La propia ministra de Economía, Nadia Calviño, valoraba positivamente este jueves en un encuentro con empresarios, que el Supremo haya recapacitado sobre el tema y se haya dado un periodo de 15 días para tomar la decisión más adecuada para garantizar la seguridad jurídica.  La ministra admitió que desde el Gobierno están muy atentos a la sentencia final, si bien advirtió que "lo mejor es que el Supremo lo solucione todo y desde el Ejecutivo no tengamos que intervenir".

Una vez conocido que hay hasta tres sentencias de la sección segunda de esa sala en el mismo sentido, todas las fuentes consultadas en el sector jurídico dan por hecho que la decisión final será la de cambiar la legislación de las últimas décadas y obligar a los bancos a hacerse cargo de ese impuesto. La clave ya no está ahí, sino en el condicionado y las acotaciones que la resolución final debe conllevar y que viniendo de los 31 miembros de la Sala, sienta jurisprudencia de forma directa.

Desde el ámbito judicial que sigue de cerca el proceso se advierte que lo más importante es acertar a la hora de delimitar la retroactividad de la sentencia, es decir, saber a ciencia cierta y sin opciones a equivocarse desde cuándo se puede reclamar y hasta dónde se debe limitar la responsabilidad. La lógica jurídica marca que el periodo de prescripción de los actos administrativos que se analizan sea de cuatro años desde que se dictó la sentencia, de forma que no puedan reclamar para recuperar el dinero del impuesto quienes hicieran su hipoteca antes del mes de octubre de 2014.

“Si se quiere garantizar la seguridad jurídica, lo que se debe evitar en todo momento es que las posibles reclamaciones se hagan por el ámbito civil, que va a otra sala del Supremo (la Primera) y que no establece periodo de prescripción ni límite de la responsabilidad”, advierte un exmagistrado cercano al proceso. De hecho, la mayor parte de las sentencias del Supremo en el ámbito civil, aunque siempre se han remitido a la jurisprudencia marcada en la Sala Tercera, de lo Contencioso. Es más, "si se dejan sin límites la retroactividad y la responsabilidad, el problema volverá a llegar al Supremo cada dos años sin resolverse de forma definitiva", advierten fuentes jurídicas.

Una vez acotado el periodo de prescripción, la sentencia que salga del Pleno debe establecer también ante quién se puede reclamar, que en principio, deberían ser a será a las haciendas autonómicas, que son las encargadas de la gestión y el cobro del tributo.

Pendientes de la “confianza legítima”

El elemento distorsionador en este punto del discurso sobre la seguridad jurídica que debe conllevar la resolución del Supremo está en otro fallo del propio ponente de la sentencia que lo ha desatado todo, Jesús Cubero Blas. Se trata de una sentencia en la que limitaba la retroactividad de este tipo de procesos, por entender que los bancos no han incurrido en ninguna ilegalidad y les ampara el principio constitucional de “confianza legítima” a la hora de garantizar la seguridad jurídica. Este postulado protege a los administrados (personas físicas o jurídicas) de las “modificaciones intempestivas” que adopte la Administración, siempre que se haya actuado de buena fe.

Si seguimos las explicaciones de alguno de los juristas más prestigiosos de derecho público, el resultado final de este cambalache jurídico, al hilo de las sentencia de la misma sala que lo ha generado, será que los ciudadanos que hayan pedido una hipoteca en los últimos cuatro años, van a poder reclamar a su comunidad autónoma lo que pagaron de AJD (entre 1.500 y 3.000 euros en la mayoría delos casos), sin que las autoridades autonómicas puedan girar ese recurso y exigir el pago a los bancos con todas las garantías de que lo vayan a recuperar. “Es decir, que estamos ante un problema absurdo creado de la nada y que al final se va a solucionar con dinero público”, advierten desde el ámbito jurídico en este área de práctica.

Este planteamiento cuadra con las declaraciones que realizaba la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que ha querido mandar un mensaje de “tranquilidad” a las haciendas autonómicas. "Si hay que hacer alguna actividad estaremos coordinados por si hay un impacto de este nivel transitorio si las entidades financieras resultan condenadas a pagar. Tendremos que establecer el mecanismo y procedimiento para que la Hacienda Pública, que significa el interés general, no pierda en todos estos elementos", ha explicado.

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