El Supremo da marcha atrás y paraliza la aplicación de la sentencia de hipotecas

  • Deja sin efecto todos los señalamientos sobre los recursos de casación pendientes con un objeto similar, lo que impedirá que se siente jurisprudencia.
Tribunal Supremo
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Efe

El miedo a la repercusión social y económica de la sentencia que obliga a los bancos a pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados en la concesión de hipotecas, ha hecho que el Tribunal Supremo decida dejar sin efecto la aplicación de la sentencia que lanzó ayer mismo. El Alto Tribunal paraliza procesos similares en la sala de lo Contencioso, para no sentar jurisprudencia, y eleva la decisión final al Pleno de la sala para que decida si se debe hacer el cambio de jurisprudencia o no. 

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El Tribunal se replanteará si los bancos deben asumir los impuestos de escrituración de las hipotecas, de acuerdo con una nota informativa de urgencia difundida este viernes en la que anuncia que se avocará al Pleno de la Sala Contencioso-Administrativa el conocimiento de alguno de recursos pendientes relacionados con este asunto "a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado”.

El alto tribunal explica que se ha producido"un giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado", y, teniendo en cuenta "la enorme repercusión económica y social" de dicha decisión, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, acuerda con carácter urgente avocar al Pleno los casos que lleguen relativos a quien corresponde pagar los gastos de la hipoteca. 

El resultado práctico de esta medida es que, por lo pronto, la sentencia dictada, que es firme, será aplicada solo al caso al que se refiere de la Empresa de Vivienda de Rivas Vaciamadrid, pero no se podrá utilizar con efecto retroactivo ni como sentencia de referencia para reclamar el dinero del impuesto en todos los casos de los últimos cuatro años. 

Una repercusión mal calculada

Según fuentes consultadas cercanas a este proceso, por un lado, desde el Alto Tribunal no esperaban una repercusión tan grande de este tema con una sentencia sobre una cuestión concreta. Y por otro lado, han pesado las alertas sobre la inseguridad jurídica que supone el haber dado dos pronunciamientos radicalmente distintos en apenas seis meses. Esos dos aspectos han hecho que el presidente de la Sala Tercera del Tribunal frene la decisión tomar por la sección segunda de su propio órgano y obligue a replantear el tema al total de la Sala de lo Contencioso.

Tras la sentencia publicada ayer mismo, que obligaba a los bancos a afrontar el pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en el caso de las hipotecas, en lugar de a los clientes que piden el crédito, todas las alarmas se encendieron en el sector bancario, por la avalancha de reclamaciones que podía producirse de clientes que hubieran pedido una hipoteca en los últimos cuatro años. Ese efecto habilita a un colectivo de más de un millón de personas a reclamar el dinero "mal pagado" y amenaza con colapsar los juzgados y pasar a los bancos un coste superior a los 4.000 millones de euros. 

La aplicación de la sentencia queda ahora paralizada hasta que se confirme el cambio de criterio, dado que la sentencia sobre el caso de Rivas conllevaba no solo ese asunto concreto, sino que declaraba nulo parte del reglamento del Impuesto y obligaba a su rectificación. Esta paralización, que puede suponer un jarro de agua fría para muchos afectados, ofrece además un margen de tiempo a la Administración para que vaya preparando el cambio en la norma, por si finalmente es necesario ponerlo en marcha. 

 

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