Investigados por presiones al BPA

La Justicia rechaza el último intento de Rajoy de frenar la querella de Andorra

La Audiencia de Madrid desestima los recursos de queja presentados por el expresidente y los exministros Montoro y Fernández Díaz contra la tramitación de la comisión rogatoria librada por el país pirenaico.

Mariano Rajoy
La Justicia rechaza el último intento de Rajoy de frenar la querella de Andorra.
Europa Press

El intento de evitar la imputación en Andorra a través de la justicia española no ha tenido éxito. La Audiencia Provincial de Madrid ha tirado por tierra el propósito del expresidente de Gobierno Mariano Rajoy y de sus exministros Jorge Fernández Díaz (Interior) y Cristóbal Montoro (Hacienda) de paralizar la comisión rogatoria que libraron las autoridades andorranas para comunicarles que van a ser investigados por supuestas presiones para que la Banca Privada d'Andorra (BPA) cayera. Una actuación que, según la querella que ha motivado la apertura de la causa, podría estar vinculada con la denominada 'operación Cataluña', en la que se habría buscado información bancaria de líderes independentistas.

En tres autos similares, a los que ha tenido acceso La Información, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado los recursos de queja -herramienta procesal que no entra en el fondo del asunto- que las defensas de los exdirigentes del PP han presentado como último recurso para dejar sin efecto dicha comisión rogatoria. En concreto, impugnaron la decisión de una juez instructora de la capital de no admitir los primeros escritos contrarios a la tramitación del auxilio judicial que emitió juez de instrucción especializada número 2 de Andorra, Stéphanie Garcia.

La magistrada del Principado activó el pasado mes de junio el mecanismo de cooperación internacional para que la justicia española comunicara a Rajoy, Montoro y Fernández Díaz la imputación por los presuntos delitos de coacciones, amenazas, extorsión y chantaje, además de un delito de falsedad documental, por presuntamente haber hecho uso de "vías ilegales" para obtener información bancaria de los expresidentes de la Generalitat Jordi Pujol y Artur Mas, así como del exvicepresidente Oriol Junqueras.

El turno de reparto en los juzgados situados en la Plaza de Castilla de Madrid  dispuso que la encargada de trasladar la querella al exjefe del Ejecutivo y los exministros fuera la titular del Juzgado de Instrucción número 32, Rosa María Freire, conocida por dirigir la investigación de causas mediáticas como la relativa a la destrucción de los ordenadores del extesorero del PP Luis Bárcenas, de la que la formación política finalmente salió absuelta. De este modo, la magistrada comunicó los puntos específicos de la comisión rogatoria, entre los que se encontraba el plazo de 15 días para personarse en la causa -una vez fuera notificada-, bajo la advertencia de que si no designan a un abogado que pueda ejercer en Andorra, se les asignará un letrado de oficio a cada uno de ellos con el fin de garantizar su derecho de defensa.

Sin "control de legalidad"

Sin embargo, Rajoy, Montoro y Fernández Díaz -éste último procesado en la Audiencia Nacional por la 'operación Kitchen' para espiar a Bárcenas- han intentado sortear la imputación en Andorra. Sus defensas presentaron un recurso ante la juez de Madrid encargada de tramitar el auxilio del Principado por posible vulneración de derechos, alegando que no hizo un "control de legalidad básico". En este sentido, los primeros recursos denunciaban que la magistrada instructora llevó a cabo las gestiones de notificación sin comprobar sus competencias para ello o si Rajoy gozaba de "inmunidad" por el cargo del jefe del Ejecutivo que ejercía en el momento de los hechos expuestos en la querella.

La magistrada Freire desestimó automáticamente las pretensiones de los expolíticos 'populares', si bien ello permitió abrir una segunda vía: la del recurso de queja ante la Audiencia Provincial de Madrid, lo que provocó tener que dar traslado a la Fiscalía, en cuyo informe afirmó que "no hay motivo ni base legal" para inadmitir las reclamaciones, según adelantó ABC. El Ministerio Público señaló que la solicitud de la autoridad judicial andorrana "no es una simple notificación sino también un requerimiento" y, por tanto, recurrible. 

Tras analizar todos estos argumentos, los magistrados han llegado a la conclusión de que la decisión de la juez instructora Freire de no aceptar los primeros recursos no fue correcta. Según explican en sus tres resoluciones dictadas el pasado 5 de octubre, la prestación de auxilio judicial "no tiene carácter automático", sino que está sometida a la revisión del órgano jurisdiccional encargado de su ejecución y, advierten, que dicho 'examen' "se ajusta a la normativa interna de la parte requerida", en este caso las leyes españolas. En esta línea, el tribunal afirma que el trámite para dar cumplimiento a la petición judicial de otro Estado se entiende como "un procedimiento penal" y, siguiendo la "regla general", toda resolución judicial "que no esté expresamente excluida de recurso es susceptible de ser recurrida". 

"Sin contenido"

Con ello, los magistrados dan la razón a Rajoy y sus exministros en este aspecto, si bien frustran las esperanzas de frenar la actuación de `la justicia de Andorra sobre ellos. Según precisa la Sección, la queja ha quedado "en la práctica sin contenido". Además de la notificación de la querella, la juez instructora de Madrid dio cumplimiento al resto de los puntos indicados en la comisión rogatoria, como es la práctica de diligencias policiales, pues su homóloga en el Principado autorizó el intercambio de datos entre los cuerpos policiales de distintos países para el esclarecimiento de los hechos.

"No sería ya posible revocar la resolución inicialmente recurrida en la que se acuerda practicar una diligencia ya efectuada y agotada, por lo que igualmente la cuestión relativa a la admisión a trámite del recurso contra la misma formulado carece de interés y no podría en la práctica surtir efecto alguno", aclaran los magistrados. Así, la Sección Segunda de la Audiencia de Madrid desestima finalmente las quejas de los ex 'populares' contra la tramitación de la comisión rogatoria. Esta decisión es firme, ya que contra ella no cabe recurso. 

"No sería ya posible revocar la resolución inicialmente recurrida en la que se acuerda practicar una diligencia ya efectuada y agotada"

Querella admitida en 2020

Los exdirigentes 'populares' se encuentran investigados a raíz de una segunda ampliación de la querella presentada por las entidades Juristes Drets y l'Institut de Drets Humans d'Andorra (Idha), que fue admitida a trámite por la juez Garcia en mayo 2020. Las asociaciones atribuyen a Rajoy y Montoro la supuesta intimidación al jefe de Gobierno andorrano de la época, Antoni Martí, y a tres de sus ministros, durante una visita oficial al Principado el 8 de enero de 2015, para que intervinieran y liquidaran el BPA. También se les acusa de haber enviado información "falsa" al FinCEN (Financial Crimes Enforcement Network), dependiente del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, para la emisión de una alerta sobre blanqueo de capitales contra la entidad, que habría provocado la desaparición del banco el 10 de marzo de 2015. 

En cuanto a Fernández Díaz, los querellantes ponen el foco sobre él, así como en su 'número dos' en el Ministerio, Francisco Martínez, y en el entonces director de la Policía, Ignacio Cosidó, por ser los superiores de los agentes policiales que llevaron a cabo lo que se bautizó como 'operación Cataluña'. La acusación -en la que también participan el expresidente de BPA, Higini Cierco, y el exCEO de la entidad, Joan Pau Miquel-  les atribuyen la responsabilidad de supuestas maniobras de coacción y extorsión a los dirigentes del banco para conseguir datos de cuentas bancarias de la familia Pujol -pendiente de juicio en la Audiencia Nacional-, Mas y Junqueras. 

Mostrar comentarios