
Los requisitos para alquilar un piso cada vez son más estrictos y, para evitar problemas y gestiones varias, muchos propietarios deciden dejar en manos de una inmobiliaria el proceso de arrendar un inmueble, con las consecuentes exigencias que recaen en los futuros inquilinos.
Uno de los aspectos que más quebraderos de cabeza puede provocar es la exigencia, muy habitual, de una nómina y del contrato de trabajo para arrendar el piso. ¿No puedo irme a vivir de alquiler en el caso de no poder presentar una nómina? Si el propietario es muy quisquilloso puede ser que no quiera alquilarnos el piso pero, de todas formas, hay mecanismos con los que solventar la falta de una nómina.
Lo primero de todo es dejar claro que la ley no obliga a los futuros inquilinos a presentar una nómina, sino a dejar una fianza que se deberá ingresar en el organismo público destinado para ello, como indican desde el portal Housfy. Si el propietario de la vivienda nos exige garantías de pago, lo que podemos hacer es presentar en vez de una nómina, un aval.
Este aval puede ser bancario (habrá que solicitar a nuestra entidad bancaria que nos haga un estudio de viabilidad) o solidario (nuestros progenitores o amigos pueden firmar como avalistas en el contrato). También se puede presentar un depósito de garantía si tenemos ahorros o, por otro lado, firmar un seguro de impago. Eso sí, en todas estas posibilidades el propietario del piso o arrendador debe estar de acuerdo.
Qué hago si soy autónomo
Cuando las inmobiliarias o propietarios exigen una nómina de trabajo dejan fuera a todos los trabajadores por cuenta propia. En el caso de que un autónomo quiera alquilar un piso debería bastar con presentar la siguiente documentación:
- Declaración trimestral del IVA en la que se vea el volumen de ingresos mensuales que tienes en tu actividad.
- La declaración de IRPF con la información de ingresos anuales.
- Los últimos recibos de la cuota de autónomos.
- Un certificado que demuestre que estás al corriente de las cuotas de la seguridad social.
Desde el portal Badi explican que es posible que el propietario también nos exija un aval al ser autónomos o un seguro de impagos. Es posible, igualmente, que nos exigen un certificado que acredite que no estamos en ninguna lista de morosos y nuestra información económica y laboral.
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