Consultorio de vivienda

¿Cómo funciona la atribución de la casa cuando hay una custodia compartida?

El Tribunal Supremo tiene dicho que puesto que los hijos menores habitarán en el inmueble de cada uno de los progenitores, ya no existirá una residencia familiar como tal sino dos. 

Una vivienda.
Una vivienda.
Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • Mi marido y yo estamos en trámites de divorcio y ambos creemos que lo mejor para los niños será la custodia compartida. Mis ingresos son muy inferiores a los de él y, hasta que mi situación económica no mejore, no me puedo plantear pagar un alquiler. He planteado quedarme en la casa familiar un tiempo, pero él dice que eso es imposible en una custodia compartida y que tenemos que vender la casa ¿Cuál es mi situación?

Respecto de la atribución de uso de la vivienda familiar en la custodia compartida, el Tribunal Supremo tiene dicho que, puesto que en dicho régimen de custodia los hijos menores ya no residirán habitualmente en el fuera domicilio familiar, sino que, con periodicidad semanal, mensual... habitarán en el domicilio de cada uno de los progenitores; ya no existirá una residencia familiar como tal sino dos. En consecuencia, tampoco podrá hacerse adscripción de uso de la que fue vivienda familiar a favor de los menores y del padre o madre con el que convivan.

Ahora bien, ello no quiere decir que el juzgado no pueda atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los cónyuges, en los supuestos en que se acredite una mayor necesidad y siempre con carácter temporal, como medio para compensar ese desequilibrio.

Sobre esta premisa, lo ideal es que negocien ustedes un plazo de permanencia a su favor en la vivienda, transcurrido el cual, usted se comprometa a abandonar la vivienda y, en su caso, a facilitar su venta a un tercero.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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