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Herencias sin testamento: ¿qué familiares tienen derecho a los bienes?

Si el heredero muere antes que el testador, tiene lugar el derecho de representación si hay descendientes, en virtud de lo dispuesto en los artículos 924 y 925 del Código Civil.

Herencia.
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pregunta

  • Acaba de fallecer nuestra madre sin testamento. Somos tres hermanos y un cuarto que falleció hace años dejando un hijo con el que no tenemos ninguna relación. La herencia solo la compone la casa familiar y mi pregunta es si nos la podemos atribuir entre los tres hermanos o nuestro sobrino tendría algún derecho.

Tienen que contar necesariamente con el hijo de su hermano premuerto, en virtud del llamado derecho de representación. Si el heredero muere antes que el testador, tiene lugar el derecho de representación si hay descendientes, en virtud de lo dispuesto en los artículos 924 y 925 del Código Civil. 

Es decir, los bienes van a parar a los descendientes del heredero fallecido antes que incrementar la cuota de los demás herederos llamados. Dicho de otro modo, la cuota parte en la vivienda que le hubiera correspondido a su hermano (1/4), debe ser adjudicada a su hijo.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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