PREGUNTA
- ¿Me pueden explicar que es un “precario”? Gracias.
El precario se configura como la mera situación posesoria, sin título alguno que la legitime y sin pagar renta ni merced. Su origen puede ser una situación de mera tolerancia, pero si la ocupación por parte del precarista causa un perjuicio al propietario por la falta de disposición del inmueble o de la posibilidad de alquilarlo, se le podrá reclamar la cantidad que proceda en concepto de daños y perjuicios por su ilegítima ocupación.
Nuestra jurisprudencia ha venido ampliando el concepto de precario hasta comprender en él no solo los supuestos en que se detenta una cosa con la tolerancia o por cuenta de su dueño, sino también todos aquellos en que la tenencia del demandado no se apoya en ningún título y presenta caracteres de abusiva. En esta línea, se viene admitiendo el procedimiento de desahucio como mecanismo para recuperar la posesión del inmueble frente al precarista.
*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com
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