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Quiero prorrogar mi contrato de alquiler: ¿tengo que avisar al casero?

El inquilino solo tendrá que avisar fehacientemente al arrendador con treinta días de antelación, cuando quiera resolver el contrato al final de una de las primeras cinco anualidades. 

Alquiler Ley de Vivienda
Quiero prorrogar mi contrato de alquiler: ¿tengo que avisar al casero?
Agencia EFE

PREGUNTA

  • A finales del mes que viene se cumple un año de vigencia de mi contrato de arrendamiento de vivienda. Aunque mi contrato dice que la duración es solo por un año ya sé que me puedo quedar por lo menos cinco si quiero, pero mi duda es si tengo que avisar fehacientemente al arrendador de que quiero seguir un año más, de momento o si no tengo que hacer nada.

No tiene que hacer nada. El artículo 9 de la Ley de Arrendamiento Urbanos establece que, si la duración pactada en el contrato es inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

En consecuencia, usted solo tendrá que avisar fehacientemente al arrendador con treinta días de antelación, cuando quiera resolver el contrato al final de una de las primeras cinco anualidades, pero no si quiere continuar en el arriendo, porque en tal caso, el contrato se prorroga de forma automática.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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