El Banco de España urge al Gobierno a aclarar el estatus laboral de los 'riders'

  • Por primera vez el supervisor bancario pone el foco sobre las nuevas formas de empleo de la economía digital: "Están en la frontera".
empleo no asalariado bde
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A estas alturas, resulta innegable que la emergencia de nuevos métodos de trabajo asociados a la economía digital, colaborativa, plataformas online o aplicaciones móviles, como Uber, Cabify, Glovo o Deliveroo, han puesto patas arriba las relaciones laborales tradicionales. Tanto es así que existe disparidad hasta en la calificación jurídica de estos trabajadores por parte de los tribunales y el modelo ha sido cuestionado no solo en los juzgados, sino en la propia Inspección de Trabajo. Un embrollo que ha encendido las alarmas en el Banco de España, que por primera vez en un informe ha puesto el foco sobre este fenómeno y ha constatado la urgencia de aclarar la situación laboral en la que se encuentran estos trabajadores y otros del colectivo de empleados por cuenta propia.

En un artículo analítico dedicado en exclusiva al empleo no asalariado, el supervisor bancario considera que "algunos trabajadores por cuenta propia, especialmente aquellos que dependen de solo un cliente, se encuentran en una situación muy próxima a la de un asalariado en términos de dependencia económica y de falta de autonomía en el desarrollo de su trabajo, pero no disponen, sin embargo, de la protección social que, en general, tienen los asalariados". 

En esta misma línea, el artículo firmado por Pilar García Perea y Concepción Román asegura que "la necesidad de clarificar el estatus de los trabajadores que se encuentran en la frontera entre los asalariados y los no asalariados es cada vez más relevante, dado que están apareciendo nuevas formas de empleo en las que con frecuencia resulta difícil determinar quién es el empleador y quién el asalariado".

Estas nuevas formas de trabajo han hecho "muy heterogéneo" el empleo no asalariado. A juicio del supervisor, las herramientas digitales y los avances tecnológicos desempeñan un "papel muy importante" a la hora de facilitar nuevos métodos de trabajo, incluyendo la economía colaborativa a través de plataformas online y aplicaciones móviles. "Han brindado oportunidades para el desarrollo de nuevos negocios que, a pesar de tener un tamaño pequeño, pueden ser competitivos", y aportan "un gran valor a la economía", reconoce.

Sin embargo, estas nuevas formas de trabajo coexisten en la regulación laboral actual con figuras como el empleo no asalariado económicamente dependiente, los conocidos como autónomos 'trade', que engloban a trabajadores que dependen de un único cliente, que se encuentran en una situación muy próxima a la de un asalariado convencional en términos de dependencia económica y de autonomía en el desarrollo de su trabajo, pero con menos acceso a los derechos y beneficios que típicamente se asocian al trabajo asalariado. 

EL DATO

España en el contexto europeo

En España la tasa de empleo no asalariado se sitúa en el 16%, frente a la media del 14% en la Unión Europea. En cuanto al empleo no asalariado económicamente dependiente (autónomos 'trade') nuestro país se sitúa por debajo del entorno europeo, con un 12% del total de empleo no asalariado que depende de un único cliente. Respecto al empleo no asalariado por motivo de necesidad o autoempleo como último recurso, la tasa española está por encima de la media de la eurozona, con un 26% de los no asalariados que declaran iniciar el negocio por no disponer de otras opciones, dato solo superado por Letonia, Portugal y Austria.

El BdE considera que "la emergencia de este fenómeno ha suscitado gran interés por su posible impacto en las relaciones laborales tradicionales y por las implicaciones para el diseño de políticas sociales, aunque su identificación no es sencilla". El hecho es que los 'trade' se confunden habitualmente con los falsos autónomos. Básicamente, la diferencia es que mientras los primeros perciben el 75% de sus ingresos de un solo cliente, los segundos ocupan un puesto laboral y tienen un horario, pero están dados de alta como autónomos.

¿Quién es el empleador y quién el asalariado? ¿Cómo distinguir entre asalariados y no asalariados? Son cuestiones que para el Banco de España resulta cada vez más relevante clarificar. En este sentido, una de las propuestas de la asociación de trabajadores autónomos (ATA) pasa por crear, en la línea de los 'trade', la figura del 'autónomo dependiente digital' cuando el 75% de los ingresos provengan de su actividad a través de plataformas digitales. Desde Glovo o Deliveroo también han exigido al Gobierno una regulación específica para sus 'riders' ante el aluvión de inspecciones que están recibiendo.

Tarea pendiente de Valerio

Cierto es que el Ministerio de Trabajo de Magdalena Valerio, a través de la Inspección, mantiene una ofensiva contra empresas como Glovo o Deliveroo por considerar que el vínculo que mantienen con sus 'riders' de manera general es una relación laboral por cuenta ajena. Sin embargo, en un informe encargado por el anterior departamento de Fátima Báñez al que tuvo acceso La Información, funcionarios adscritos a la Seguridad Social descartaban "por razones obvias, la integración de los servicios de economía colaborativa en los sistemas de cotización a la Seguridad Social por cuenta ajena, al no existir relación laboral alguna entre el mediador y el prestatario".

El trabajo concluía que la actividad de estas plataformas se desarrolla "la mayor parte de las veces con un carácter alegal alrededor de agentes económicos no registrados que escapan a una gran parte de los controles laborales, fiscales y de Seguridad Social", pero que su operativa tiene un difícil encuadre tanto en el sistema fiscal como en los regímenes de Seguridad Social vigentes.

Los funcionarios apostaban hace ya tres años por la implantación de un impuesto específico, a aplicar sobre los ingresos obtenidos de cada servicio por las plataformas de intermediación de la nueva economía digital, con un tipo creciente según el volumen de actividad de las mismas y cuya recaudación se destinaría de forma íntegra a financiar la cobertura social de los actores que intervienen en la actividad intermediada (riders, conductores, propietarios de los pisos...).

Fuentes del Ministerio de Trabajo, actualmente en funciones, consultadas por La Información, recuerdan que regular la economía colaborativa es una "tarea pendiente" que se abordará en el nuevo Estatuto de los Trabajadores que pretende elaborar Magdalena Valerio, en colaboración con los agentes sociales. De momento, poco más añaden al análisis que hace el Banco de España de la situación laboral de estos trabajadores, a la espera de que se constituya el nuevo Gobierno.

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