Calendario fiscal autónomos

Nuevo sistema de cotización de autónomos: fechas clave para 2023

El nuevo sistema de cotización impulsado por la Seguridad Social para los trabajadores por cuenta supone que los autónomos tengan la obligación de declarar sus rendimientos previstos a partir del año que viene.

Las fechas claves en el nuevo sistema de cotización de autónomos para 2023
Calendario fiscal autónomos 2023
©[Erik Mclean] vía Canva.com.

Nuevo cambio en el sistema de cotización para autónomos a partir del próximo 1 de enero. Los trabajadores por cuenta propia deberán señalar en rojo el primer día del año 2023, puesto que entra en vigor el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio de 2022, que se aprobó a finales de agosto, y en el que se mejora la protección por cese de actividad. Para entender este nuevo régimen impulsado desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, capitaneado por José Luis Escrivá, conviene saber algunas novedades importantes a tener en cuenta de cara a los próximos doce meses.

En primer lugar, este nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia cruzará los datos con la Agencia Tributaria, con el objetivo de saber con exactitud si lo que se declara en el Impuesto de la Renta que se presente de cara al ejercicio de 2024 se está aplicando de forma correcta. Justo en este sentido, conviene saber que desde enero, los trabajadores autónomos cotizarán en función de sus rendimientos netos anuales, obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales. 

En resumidas cuentas, a partir del año que viene, este colectivo de profesionales tendrá la obligación de declarar sus rendimientos previstos a través de los servicios que se encontrarán disponible a través de Importass, la plataforma habilitada de la Tesorería General de la Seguridad Social para servicios y trámites online. Si se tiene en cuenta todos estos cambios previstos, no cabe duda de que es de vital importancia tener a mano las fechas para el despliegue del nuevo sistema de cotización de autónomos. Asimismo, a finales del pasado mes de noviembre, se lanzó un simulador de cuotas a modo de calculadora online para simular la cuota que le corresponderá abonar a partir de enero de 2023 con el nuevo sistema de cotización por rendimientos. 

Calendario fiscal del autónomo 2023: fechas a tener en cuenta

El primer día del año marcará un antes y un después para los trabajadores por cuenta propia. Desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero, los autónomos podrán solicitar a la Seguridad Social la base de cotización mensual que se ajuste a los rendimientos netos que esperen obtener de promedio mensual a lo largo del año 2023. Estos cambios de base de cotización surtirán efectos a partir del 1 de marzo. Junto a dicha solicitud de cambio de base de cotización deberán comunicar el importe de los rendimientos netos que esperan obtener

El 1 de marzo será la fecha en la que se abra el plazo de solicitud para solicitar cambio de tramos de cotización que entrarán en vigor en mayo. Además, se lanzará un simulador de cuotas en el área privada de Import@ss. Cada autónomo, en función de su situación particular, podrá realizar simulaciones de cuotas específicas para su situación, en función del momento de la consulta. A continuación, el 1 de mayo, se abre de nuevo el plazo para comunicar posibles cambios de tramos que entrará en vigor en julio. Lo mismo ocurrirá el 1 de julio, cuyos cambios entrarán en funcionamiento en de septiembre. 

De igual forma, si se continúa con el calendario establecido por la Seguridad Social, el 1 de septiembre, será el último periodo habilitado para comunicar un cambio de base reguladora, con efectos a las cuotas a abonar en 2023. Por otro lado, el 31 de octubre será el último día para la comunicación de actividades y, en su caso, participación en sociedades para los autónomos que estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2023. Un día después, el 1 de noviembre, se abre un nuevo periodo para comunicar un cambio de base de cotización que no tendrá efecto en 2023, puesto que entrará en vigor en enero de 2024.

Posibilidad de cambiar la base de cotización cada dos meses

  • 1 de marzo de 2023: si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • 1 de mayo de 2023: si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio de 2023: si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre de 2023: si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre de 2023: si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año 2024: si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
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