Complemento al Ingreso Mínimo Vital

Cómo pedir la nueva ayuda mensual de 115 euros por hijo de la Seguridad Social

En 2023, las cuantías de la prestación de ayuda a la infancia se han revalorizado un 8,5%, y de esto pueden beneficiarse las familias con bajos recursos y menores a cargo que cumplan una serie de requisitos.

Cómo pedir la nueva ayuda mensual de 115 euros por hijo de la Seguridad Social
Cómo pedir la nueva ayuda mensual de 115 euros por hijo de la Seguridad Social
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Las pensiones no son las únicas prestaciones sociales que han experimentado una mejora en 2023. La revalorización del 8,5% que aprobó el Gobierno de España a finales de 2022 afecta también al Ingreso Mínimo Vital (IMV) y a las cuantías del complemento de ayuda a la infancia. Así, con el objetivo de que las familias en una situación de vulnerabilidad económica puedan hacer frente a la elevada inflación, quienes tengan hijos menores a cargo podrán recibir la nueva ayuda mensual de 115 euros. Pero, para ello, es necesario cumplir una serie de requisitos.

Esta medida se puso en marcha en 2022 para apoyar a las familias con rentas bajas e hijos a cargo, tal y como se regula en la Ley del Ingreso Mínimo Vital. La ayuda ha registrado este año un aumento del 8,5%, lo que ha hecho que pase de los 100 euros del año anterior, a los 115 euros actuales. Por ello, en función de la edad del menor, la cuantía asciende a los 57,50 euros por cada hijo de entre seis y 18 años, a los 80,50 euros por cada hijo de entre tres y seis años, y a los 115 euros por cada hijo menor de tres años.

Quiénes pueden recibir la ayuda de 115 euros por hijo

Aunque, cuando se puso en marcha, el complemento para la infancia se concedía solo a los receptores del Ingreso Mínimo Vital, ahora esta ayuda la pueden recibir también otros colectivos, sin necesidad de presentar ninguna solicitud, puesto que será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el que lo reconozca de oficio, con efectos económicos de 1 de febrero de 2022. Por tanto, podrán percibirlo:

  • Quienes cuentan con el IMV en la actualidad.
  • Los solicitantes del IMV que tengan el expediente en trámite.
  • Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos: tener un hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, que la unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación, siempre que reúnan las condiciones necesarias para acceder al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que recibían, debiendo optar por una de las dos prestaciones.

Requisitos para solicitar el complemento a la infancia

La Seguridad Social explica los distintos requisitos que se deben cumplir para estar entre los beneficiarios de la ayuda de 115 euros por hijo, siendo uno de los principales que las unidades de convivencia tengan rentas bajas y cuenten con un menor.

A su vez, la unidad de convivencia no puede superar el 300% de la renta garantiza, y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el IMV. Tampoco se deberá superar seis veces la renta garantizada de un adulto, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia.

Cómo se tramita la prestación

Si la Seguridad Social no reconoce de oficio el complemento de ayuda a la infancia, este se puede solicitar de la misma forma que el Ingreso Mínimo Vital, es decir, a través de un formulario al que se accede en la Sede Electrónica, o del modelo de solicitud del IMV.

No obstante, es importante que, antes de pedir la prestación, comprueben si tienen derecho a la misma quienes no reciben el IMV. Esto se puede hacer utilizando el simulador que ha habilitado la Seguridad Social. Después de responder a unas sencillas preguntas, se indica si se podría o no disfrutar del complemento.

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