Resolución del CEDS

Estrasburgo notifica su decisión sobre la demanda de UGT por el coste del despido

El Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa comunicará al sindicato, el Gobierno de España y al comité de Ministros de la UE la resolución, aunque no se hará pública oficialmente hasta dentro de cuatro meses

El secretario general de UGT, Pepe Álvarez
Estrasburgo notifica su decisión sobre la demanda de UGT por el coste del despido
Europa Press

El Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa (CEDS) notifica este jueves su decisión sobre la demanda en la que el sindicato UGT asegura que la normativa española sobre el despido no respeta los requerimientos impuestos por la Carta Social Europea.

La institución ha explicado que la notificación se hará llegar a ambas partes. Por lo tanto, se comunicará la decisión a la organización sindical que ha interpuesto al demanda y al Gobierno español, además de notificar al Comité de Ministros de la Unión Europea.

El organismo encargado de velar por el cumplimiento de la Carta Social llegó a una decisión en torno a la demanda durante la última sesión plenaria, que se celebró entre el 18 y 22 de marzo, pero no se hará pública oficialmente hasta dentro de cuatro meses, lo cual no impide que pueda haber filtraciones.

UGT espera una resolución a su favor

El sindicato esperaba una resolución favorable a su demanda, en particular después de que el CEDS la semana pasada hubiera considerado, a efectos prácticos, que los límites por despido improcedente en España incumplen la Carta Social Europea porque no permiten a los jueces fijar una compensación adecuada por todas las pérdidas eventuales sufridas por el trabajador.

Ese dictamen aparecía en su informe anual, en particular en el análisis de la normativa española cuando la despedida es una mujer durante la baja por maternidad. Recordaban que el Estatuto de los Trabajadores estipula que la indemnización es de 33 días por año trabajado, y eso hasta un máximo de 24 meses de salario, y que a eso se pueden añadir 15 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades "en atención a las circunstancias concurrentes y a los perjuicios ocasionados por la no readmisión o por la readmisión irregular".

Para el comité, el techo que fijan esas reglas a la compensación económica por el despido improcedente no permiten que el trabajador sea indemnizado "teniendo en cuenta todas las circunstancias", ya que "el juez no puede establecer una compensación que sea adecuada y le resarza por todo el daño sufrido", puesto que no puede superar ese umbral.

En caso de que se confirme que la decisión del CEDS es favorable al sindicato, lo normal sería que el Consejo de Europa emita una resolución para que España corrija esa situación y ponga su normativa de acuerdo con la Carta Social Europea. Eso daría aire a la voluntad de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, frente al ala socialista del Gobierno, para modificar las reglas sobre las indemnizaciones por despido improcedente.

UGT había presentado su demanda el 24 de marzo de 2022 y se refiere al artículo 24 de la Carta Social Europea, referido al derecho a la protección en caso de despido. El sindicato alega que la jurisprudencia en España no permite a las víctimas de un despido improcedente obtener una indemnización suficiente para cubrir el perjuicio sufrido y, al final, no tiene un efecto disuasorio para los empresarios a causa del tope máximo establecido de entrada.

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