Crisis coronavirus

Los 'nuevos' ERTE del Gobierno: qué ha cambiado y cómo afectará a tu paro

El SEPE gasta 14.000 euros en colocar a un demandante de empleo, según Asempleo
El SEPE gasta 14.000 euros en colocar a un demandante de empleo, según Asempleo

La pandemia del coronavirus ha generado una crisis económica que hace apenas unos meses era difícil de predecir. Para ello, el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros del pasado una batería de medidas económicas que en palabras de Pedro Sánchez suponían "el mayor decreto ley aprobado en toda la historia de la democracia". Dicho en números: estaban dotadas con 200.000 millones de euros. 

De momento, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha reconocido que la Dirección General de Trabajo acumula ya hasta 500 expedientes de regulación de empleo temporales (ERTE). Y es que ante el estado de cuarentena en el que se encuentra España ha obligado a multitud de compañías a cerrar y mandar a sus empleados a casa. 

Entre la batería de medidas aplicadas por el Gobierno, se encuentra los 'nuevos' ERTE, que serán considerados de fuerza mayor por la crisis del Covid-19. 

Qué es un ERTE

Lo primero de todo. Un ERTE es una suspensión temporal de los contratos o una reducción de la jornada si las circunstancias lo exigiesen. Eso sí, en caso de aplicar esta medida la empresa debe justificar las causas, según lo especificado en el Estatuto de los Trabajadores, y seguir los pasos que especifica la normativa. 

Ahora bien, hay una serie de cambios que los trabajadores afectados han de conocer. 

Qué pasa con el paro 

Anteriormente, si un trabajador se veía afectado por un ERTE debía cumplir una serie de requisitos para cobrar el paro. Ahora eso ha cambiado. 

Y es que según el decreto-ley que prevé aprobar hoy el Consejo de Ministros al que ha tenido acceso Efe, se reconoce el derecho a cobrar el paro a "las personas trabajadoras afectadas aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo necesario para ello". 

¿Me afecta al tiempo del paro? 

No. No computará el tiempo en que se perciba la prestación por desempleo, a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecido. 

Es decir, cuando finalice el estado de alarma se empezará a contar de cero y no quedará modificado los días que el trabajador haya estado cobrando la prestación durante el ERTE. 

¿A partir de cuándo empiezo a cobrar la prestación? 

Según especifica el SEPE, si presenta la solicitud de la prestación por desempleo dentro del plazo legalmente establecido, el derecho a la prestación nacerá al día siguiente que se extinga o se suspenda su contrato.

O, también, el día siguiente al de la reducción de su jornada de trabajo, salvo que exista otra fecha posterior o se deba a causa de fuerza mayor y siempre que antes de esa fecha, la compañía lo haya comunicado a la autoridad laboral.

Vale, pero ¿me tengo que apuntar al paro? 

No. Los trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) en la crisis del coronavirus no tendrán que hacer ninguna gestión ante el servicio estatal público de empleo (SEPE) para cobrar el paro sino que se les dará de alta automáticamente una vez la empresa lo notifique.

Según han detallado fuentes del Gobierno, se van a tramitar de oficio todas las altas para que la gente cobre las prestaciones con normalidad a final de mes sin tener que hacer nada ante el SEPE.

¿Cuánto cobraré? 

La prestación media de desempleo es de 860 euros al mes por lo que el coste definitivo de esta medida dependerá del total de afectados, recuerdan las mimas fuentes que evitan dar una cifra global del coste de todas estas medidas laborales.

Asimismo, insisten en recordar que cualquier empresa, del tamaño que sea y también los autónomos con empleados a su cargo, puede acogerse a estos mecanismos, sin costes para las empresas de hasta 50 trabajadores, y evitando el despido de un empleado que pasa a cobrar el paro en todos los supuestos durante el tiempo necesario.

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