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Los impuestos que debes pagar si te regalan dinero: cómo evitar las multas

Los obsequios en efectivo son considerados una donación, lo que obliga a liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para evitar penalizaciones económicas.

Ahorro de euros.
Los impuestos que debes pagar si te regalan dinero: cómo evitar las multas
Imagen de Bruno /Germany en Pixabay.

Las fiestas navideñas son motivo de celebración y también de regalos. Dar dinero a los hijos es uno de los actos más comunes que se repite prácticamente en todas las familias. Pero un acto que puede resultar tan especial y a la vez rutinario, puede acarrear graves consecuencias ante el fisco si no se saldan cuentas con él.

Y es que cuando existe dinero de por medio Hacienda siempre vigila y los regalos en efectivo no son una excepción. En este caso, la Agencia Tributaria los considera una donación, lo que implica pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en función de la cantidad donada y el grado de parentesco. De no hacerlo, Hacienda no perdona, por lo que habrá que hacer frente a una sanción.

Así, para evitar que las multas del fisco empañen las navidades conviene tener en cuenta una serie de factores antes de dar o recibir dinero de un familiar.

¿Qué cantidad de dinero se considera una donación?

Según el artículo 618 del Código Civil una donación es "un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta", es decir, se le da algo a una persona sin necesidad de recibir una contraprestación. Todo esto, desde la óptica fiscal, es visto como una donación. Por lo tanto, dar dinero en efectivo a un hijo entraría dentro de esta definición, lo que no lo eximiría del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones por parte de la persona que recibe ese dinero.

Ahora bien, ¿existe una cantidad mínima? Lo cierto es que dar dinero en efectivo es considerado una donación y, por tanto, no importa la cantidad donada, ya que siempre se deberán rendir cuentas ante el fisco. No obstante, existe la creencia de que las donaciones inferiores a los 3.000 euros no pagan impuestos. Esto se debe a que las entidades bancarias están obligadas a avisar a Hacienda cuando se producen movimientos o ingresos de dinero sospechosos en una cuenta corriente. Por lo general, cuando estos movimientos superan dicho nivel los bancos lo comunican a la Agencia Tributaria.

¿Cuántos impuestos hay que pagar? 

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo transferido a las comunidades autónomas, por lo que la cuota tributaria varía significativamente entre una región y otra. Lo que no cambia es el funcionamiento básico de este impuesto. En primer lugar, a la hora de pagarlo, siempre habrá que hacerlo en el lugar de residencia del donatario y no del donante, salvo para los casos en los que se done una vivienda, como se explica desde Finect.

El montante total del impuesto dependerá del grado de parentesco entre las partes, es decir, cuanto más cercano, menos impuestos; del patrimonio de quien recibe el dinero y del importe que se dona. Este último, que determinará la cuota tributaria, está sujeto a un porcentaje que va desde el 7,65% hasta el 34%, en función de la cantidad donada.

La parte positiva es que la mayoría de las comunidades autónomas cuenta con importantes deducciones en este tributo. Por ejemplo, en la Comunidad de Andalucía, Madrid, Murcia o La Rioja las donaciones entre padres e hijos cuentan con una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria, siempre y cuando esta se formalice en un documento público notarial y se justifique el origen del dinero

Cuidado con las multas

Si hacemos una donación estas navidades y no se presenta la liquidación del impuesto a Hacienda en un periodo de 30 días hábiles la Agencia Tributaria podrá imponer una sanción económica en función del tipo de falta que se produzca.

Si la base de la sanción no supera los 3.000 euros, la infracción será considerada como leve y estará sujeta a una multa pecuniaria proporcional del 50% sobre la cantidad que se ha dejado de pagar a Hacienda. Es decir, si tras el cálculo de la cuota tributaria y la aplicación de las deducciones un donatario debía pagar 500 euros a la Agencia Tributaria, la multa tendría un valor de 250 euros, por lo que, en total, debería pagar 750 euros.

A todo ello habrá que sumar, si proceden, los intereses de demora, que es el porcentaje que se aplica por liquidar el impuesto fuera de plazo. En el año 2020, este interés de demora se fija en el 3,75%.

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