SEPE

¿Tienes que renovar el paro? La causa por la que podrías perder la prestación

El desempleo cerró el pasado mes de noviembre su ciclo más prolongado de caídas consecutivas de la historia, con un descenso inédito de 74.381 parados. 

Un ordenador.
Un ordenador.
Imagen de StartupStockPhotos en Pixabay.

Pese al frenazo en la recuperación del PIB y el empeoramiento de las previsiones económicas, el mercado laboral sigue pulverizando récords, a la vista de los últimos datos del Ministerio de Trabajo, publicados la mañana de este mismo jueves. En este sentido, el desempleo cerró el pasado mes de noviembre su ciclo más prolongado de caídas consecutivas de la historia, con un descenso inédito de 74.381 parados. Mientras la afiliación a la Seguridad Social registró un máximo de 109.451 nuevos cotizantes en el mes en términos desestacionalizados (sin descontar el efecto calendario el sistema sumó 61.768 afiliados).

Pese a todo, todavía hay 3,18 millones de parados en España. Esto supone que muchos de ellos siguen precisando algún tipo de subsidio o prestación del SEPE para llegar con algún tipo de ingreso a final de mes. La diferencia entre, por ejemplo, cobrar el paro o un subsidio por desempleo es básicamente el tiempo que se ha trabajado anteriormente antes de solicitar la prestación. 

Es decir, el paro requiere haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. La duración en que se percibe también depende de las propias cotizaciones que haya realizado en ese periodo. Eso sí, los beneficiarios deben tener en cuenta de la importancia de renovar la demanda de empleo. 

Obligaciones de los beneficiarios

"Para percibir las prestaciones por desempleo es obligatorio inscribirse como demandante de empleo y renovar la demanda mientras esté cobrando dichas prestaciones", detalla el SEPE. En caso de que se olvide la demanda, el organismo inicia un procedimiento sancionador por infracción leve que puede conllevar la pérdida de la sanción un mes. Si el olvido ocurre por segunda vez, se perderá tres meses.; una tercera, seis meses. En caso de que ocurra una cuarta, perderá completamente la prestación. 

Según explica el SEPE, para estos casos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo -en este caso no renovar la demanda de empleo-. Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, cuando entre una infracción leve y la anterior, no hayan transcurrido más de 365 días. 

Mostrar comentarios