Sentencia pionera

¿Por qué han declarado 'gratuita' una hipoteca IRPH? El origen de la polémica

Por primera vez prospera en segunda instancia un fallo a favor del consumidor y la entidad tendrá que devolver la totalidad de los intereses devengados por el índice declarado nulo.

Una hipoteca.
Una hipoteca.
bongkarn thanyakij de Pexels.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo declarando gratuita una hipoteca ligada al IRPH tras desestimar el recurso de la entidad, Banco Popular, marca un hito entre los fallos relacionados con esta cuestión. Hasta ahora las sentencias a favor del consumidor confirmaron la nulidad de la cláusula y se inclinaron por sustituir el índice denunciado por el Euríbor. Sin embargo, la novedad de esta última sentencia es que precisamente no sustituye un índice por otro, sino que declara el préstamo gratuito, sin obligación de abonar intereses.

Pese a que esta sentencia es pionera por sus conclusiones, desde el pasado mes de marzo los tribunales españoles deciden caso por caso el posible carácter abusivo del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). El origen de la polémica en torno a este índice hipotecario, que ha provocado numerosas denuncias, es su aplicación abusiva o poco transparente respecto a algunos clientes

Tras los desacuerdos en los tribunales europeos, el Tribunal Supremo sentenció a favor de la banca en 2017, la cuestión llegó al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El pasado 3 de marzo la Corte de Luxemburgo sentenció que el IRPH puede ser abusivo, pero señaló que serán los tribunales españoles los que deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas en cada caso concreto.

La sentencia del TJUE, ni tampoco las posteriores, no valora la legalidad del índice, ya que es un índice legal, reconocido por el Banco de España como uno de los tipos oficiales que se suelen utilizar como referencia en las operaciones a tipo de interés variable. Sin embargo, se analiza la transparencia en la información facilitada a los clientes, si se informó correctamente de cuál es su metodología y evolución.

En este caso, el juez Juan Ramón Brigidano, que firma el fallo, determina que la entidad bancaria no explicó las consecuencias económicas "que se derivan de la aplicación de dicho índice y concretamente cuál había sido la evolución del IRPH de las cajas de ahorros durante los dos años naturales anteriores a la celebración de los contratos de préstamo". Por tanto, ratifica el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Illescas, que determinó que "la consecuencia de la declaración de abusividad de la cláusula IRPH no puede ser más que la subsistencia del contrato de préstamo sin devengo de interés alguno a favor de la entidad acreedora, con la obligación de restituir al deudor la totalidad de los importes que por dicho concepto ha percibido durante la vigencia del contrato".

Tras el pronunciamiento del TJUE se han fallado 41 sentencias, en su mayoría a favor del consumidor, 27 frente a 14 en contra. En el caso de las sentencias dictadas a favor del consumidor, la mayoría sustituyen el IRPH por Euríbor, según señalan desde Asufin. No obstante, su directora, Patricia Suárez, afirma que en estos casos "lo justo para el consumidor es que los litigios de IRPH se zanjen con préstamos sin remunerar, de lo contrario, no hay efecto disuasorio para la entidad, tal y como establece la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas en los contratos con los consumidores”

El IRPH, también denominado ‘tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre', se calcula a partir de una media simple de los intereses ponderados que aplican los bancos a las hipotecas de plazo igual o superior a tres años que se firman en el mes al que se refiere el índice. Su cálculo es evidentemente diferente al del Euríbor y, de manera general, el IRPH suele estar por encima de él, sin embargo su oscilación no es tan frecuente. Precisamente, esta característica fue una de las cuestiones que más se potenció cuando se firmaron más hipotecas referenciadas al IRPH, ya que mientras el Euríbor es mucho más volátil, tanto para subir como para bajar, el IRPH se mantiene más estable.

Este índice se popularizó en 2008 cuando el Euríbor estaba en máximos. Sin embargo, durante la crisis, mientras el Euríbor comenzó a desplomarse, el IRPH se mantuvo estable. Los afectados definen este índice como “manipulable” porque, de acuerdo a su fórmula de cálculo, cuantos más préstamos se concedan más se incrementa el tipo de interés, de manera que los bancos podrían modular este índice a su antojo.

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