Depende de la edad

Este es el tiempo máximo que se puede cobrar el subsidio por desempleo

Está destinado a aquellas personas que tienen responsabilidades familiares y han agotado la prestación contributiva. 

Euros y calculadora.
Euros y calculadora.
Imagen de Freepik.

La pandemia del coronavirus ha provocado un severo daño en el mercado laboral. Y es que España vuelve a caminar de nuevo en torno a la barrera de los cuatro millones de parados, cifra que no se registraba desde hacía un lustro. A esto, se suma además, el millón de trabajadores afectados por un ERTE. 

El porcentaje de parados de muy larga duración sobre el total de desempleados con experiencia laboral previa, alcanzó en 2020, el 18,4% (cinco puntos y medio menos que en 2019). Este grupo -el de aquellas personas que llevan años sin tener un trabajo- es el que tiene que recurrir a ayudas o subsidios extraordinarios tras haberse agotado su prestación. 

Uno de las más gestionadas por el SEPE es el subsidio por desempleo para aquellos que tengan cargas familiares y hayan agotado su prestación contributiva. Algunos de los requisitos que se exigen para acceder a esta ayuda son: estar en desempleo, estar inscrito como demandante de empleo, suscribir el compromiso de actividad y carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del SMI. 

También se requiere tener responsabilidades familiares. A efectos del subsidio por desempleo, esto significa tener un cargo a su cónyuge o algún hijo o hija por naturaleza o adopción que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad o personas menores acogidas, si conviven o dependen económicamente del beneficiario y no tienen rentas mensuales superiores al 75% del SMI.

Duración máxima

La duración de esta ayuda es de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad. 

  • Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
  • Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
  • Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
  • Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.

La edad debe tenerse en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Para aquellos trabajadores fijos discontinuos, la duración será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud. 

Cuantía

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, de 451,92 euros. En el supuesto de que la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.

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