Cuantía de 174,72 euros

La AN reconoce el plus de fijo discontinuo de tierra en Iberia a tiempo parcial 

La Audiencia Nacional ha aprobado que los 550 trabajadores de tierra de Iberia fijos discontinuos a tiempo parcial reciban el mismo complemento salarial que perciben los que trabajan a tiempo completo.

La AN reconoce el plus de fijo discontinuo de tierra de Iberia a tiempo parcial
La AN reconoce el plus de fijo discontinuo de tierra de Iberia a tiempo parcial
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La Audiencia Nacional ha aprobado que los 550 trabajadores de tierra de Iberia fijos discontinuos a tiempo parcial reciban la misma cuantía con carácter de plus en el salario, 174,72 euros, que perciben los que trabajan a tiempo completo. En una sentencia fechada el pasado 22 de enero a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social estima la demanda presentada por el sindicato USO a la que se unieron después UGT, CCOO, CGT y CESHA.

Los hechos demandados se remontan a febrero de 2023, cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el XXII Convenio Colectivo del personal de tierra de Iberia, suscrito en noviembre de 2022. USO impugnó el convenio, aunque únicamente en lo relativo a los artículos que afectan al personal de tierra que limitan la percepción de un determinado complemento salarial a los trabajadores fijos discontinuos que prestan servicios a tiempo completo, excluyendo de su percepción a aquellos otros contratados también de forma fija discontinua pero a tiempo parcial.

Desde Iberia, se  justificó este trato diferenciado por las "peculiares circunstancias" de trabajo de los fijos discontinuos a tiempo completo, a los que se les detrae parte de las vacaciones y de los festivos que les corresponde para programar sus dos días libres y están expuestos a que se les programen jornadas diarias de hasta 45 horas.

Fallo a favor de los sindicatos 

La Audiencia Nacional ha dado la razón a los sindicatos al entender que el denominado complemento fijo discontinuo a jornada completa "no hace sino establecer un trato diferenciado entre trabajadores fijos discontinuos a jornada completa y trabajadores fijos discontinuos a tiempo parcial". Se trata, prosigue el fallo, de un complemento salarial de naturaleza indivisible, que se percibe "por el mero hecho de desempeñar la jornada a tiempo completo", sin más requisitos; de hecho, los trabajadores con jornada parcial "directamente no perciben cantidad alguna por este concepto", destaca la Sala.

Ninguna de las justificaciones ofrecidas por la empresa "justifican el trato diferenciado entre los dos colectivos", añaden los magistrados, de ahí que hayan acordado anular los artículos correspondientes del convenio colectivo.

El sindicato USO destaca que una vez resuelta la demanda, cada persona trabajadora con contrato fijo discontinuo percibirá 174,72 euros al mes indistintamente si es a jornada completa o parcial.

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