La CNMC critica la ley de auditoría por no evitar el 'overbooking' de supervisores

  • También señala que la regulación actual debía haber eliminado o reducido los requisitos para acceder a la actividad profesional como auditor. 
El presidente de la CNMC ha criticado la ley balear de transición energética.
El presidente de la CNMC ha criticado la ley balear de transición energética.
EFE

La actual ley que regula la actividad de los auditores de cuentas se quedó corta. Esa es la opinión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que aprovecha un informe encargado por el supervisor del sector, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para criticar la ley aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy.

El organismo encabezado por José María Marín Quemada pone énfasis en aspectos que se quedaron fuera de esa ley, aprobada en verano de 2015, como los relativos a quién tiene el poder de supervisar a los auditores de cuentas, más aún tras casos donde su función quedó en entredicho, como ocurrió en el caso de los estados financieros de Bankia previos a su salida a bolsa

Compentencia recuerda que recomendó al anterior Ejecutivo una "transposición [de la regulación marcada por Bruselas] más ajustada a los principios de libertad de empresa y de la directiva de servicios y revisar aspectos concretos del proyecto por su dimensión potencialmente restrictiva", indica en el citado informe, centrado, en teoría, en cómo deben de ser los honorarios que perciben las auditoras.

"Estas recomendaciones no fueron asumidas por el proponente de la norma, subsistiendo, por tanto, algunos aspectos susceptibles de mejora a día de hoy". Y, uno de esos aspectos es la separación de poderes entre supervisores. La CNMC reconoce que advirtió que, en esa ley, era necesario "evitar el riesgo de solapamiento de funciones de supervisión entre el ICAC y las de la CNMC", indica, eso sí, sin desglosar. 

Acceso a nuevos auditores

Además, Competencia recomendó que era necesario "eliminar o reducir requisitos para el acceso a la actividad, como la exigencia a los auditores de una fianza para realizar su función; también revisar el modelo de control de acceso de los nuevos auditores. La CNMC también abogó por un "régimen menos restrictivo de contratación" dentro del margen de maniobra que marcó Bruselas; y "revisar la subcontratación de servicios prevista para el ICAC, limitada además a auditores de cuentas no ejercientes". 

El supervisor indica que, de forma paralela a la tramitación del informe sobre honorarios, recibió otra solicitud en relación al proyecto de real decreto que desarrollará la ley de auditoría y en el que podría 'pulir' los aspectos que considera mejorables.

En cuanto a la cuestión de la retribución de los auditores, Competencia aboga por la "libertad en la fijación de los honorarios de los auditores", dentro del marco legal que prevé determinados límites a esta actividad "por su indudable trascendencia sobre terceros". "Cualquier orientación o regla sobre honorarios profesionales está expresamente prohibida"

También matiza la CNMC que sí es posible modificar esas retribuciones, si se estima oportuno, a la baja siempre que se ejerciten esas modificaciones dentro del marco de la libertad de empresa.

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