Una nueva batalla

Telefónica aprieta a la CNMC: tumban la sanción por el cierre de viejas centrales

La Audiencia Nacional anula una multa de 3 millones impuesta en 2019 al entender que las autoridades de Competencia no han probado el incumplimiento de la regulación de la oferta mayorista de la operadora.

La presidenta de la CNMC, Cani Fernández
La presidenta de la CNMC, Cani Fernández
EFE

Telefónica vuelve a doblarle el brazo a la autoridad de la competencia española. La operadora de telecomunicaciones acaba de ganar la batalla contra la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en la Audiencia Nacional. Ésta ha tumbado una sanción de 3 millones de euros al entender que el organismo presidido por Cani Fernández no ha sido capaz de demostrar que ha incumplido la regulación sobre la oferta mayorista de las estaciones de red de cobre. Esta decisión se suma a la victoria que también se apuntó la compañía a finales del pasado año, después de que también se anulara otra multa de 8,5 millones.

La multinacional presidida por José María Álvarez-Pallete es un operador dominante en el mercado español y así ha sido señalado por el regulador, lo que acarrea una serie de obligaciones para tratar de equiparar el terreno de juego. Una de ellas es dar acceso a terceros operadores a sus estaciones de cobre con las mismas condiciones, medios e información que se proporciona a sí misma o a sus empresas filiales. En 2018, la CNMC abrió una investigación formal después de que la compañía declarara como inviables casi un centenar de centrales cabecera de cobre, más de dos tercios del total que tiene repartidas por España. El organismo consideraba que había modificado unilateralmente el estado de esas instalaciones al realizar una recuperación de espacios para su uso propio sin que le informara a ellos y al resto de competidores.

Se abrió un expediente sancionador que acabó en una resolución de abril de 2019 en la que se declaraba a la operadora responsable de la comisión de una infracción muy grave e impuso una sanción de 3 millones de euros. Telefónica, como suele hacer en todos estos casos, acudió a los tribunales para tratar de frenarla al entender, según se precisa en la sentencia, que su conducta es "totalmente legítima" al sustituir, dentro de su huella y sin utilizar espacio adicional, los equipamientos de cobre por otros de fibra óptica y así facilitar la migración hacia su red de fibra. La regulación, según la empresa, no le obliga a retirar equipos que se encuentran en uso ni, en caso de que decida hacer una renovación tecnológica, a poner a disposición de sus rivales de manera preferente el espacio.

El recurso acaba de ser resuelto por la Audiencia, que advierte que ninguno de los operadores distintos a Telefónica se personó lo que pone de manifiesto que no han considerado que sus derechos fueron lesionados. "La CNMC no ha acreditado -y a ella le incumbe la carga de la prueba- la existencia de un espacio libre, ocupado ilegítimamente por Telefónica al margen del cumplimiento de sus obligaciones", asegura en la sentencia. La Sala de lo Contencioso insiste en que la Comisión hace una "interpretación extensiva" de las obligaciones que impone la regulación.

Con su actividad de Telefónica, según el tribunal, en ningún momento privó a otros operadores de la posibilidad de hacer uso de los posibles espacios recuperados en las centrales en condiciones de igualdad, "porque no hubo recuperación de espacios alguna". Por ello, anula la resolución al entender que es contrario a derecho. La sentencia es susceptible de recursos de casación ante el Tribunal Supremo. Este varapalo al organismo de la competencia no es el único que ha sufrido en los últimos meses respecto a frentes abiertos contra Telefónica.

Derrotas de la CNMC

El caso más reciente es el que tuvo lugar a finales del año pasado. La Audiencia también anuló una multa de 8,5 millones que se fraguó a mediados del año 2018 y que castigaba unas supuestas prácticas anticompetitivas ejecutadas por la compañía por la presentación de una oferta no replicable y a un precio excesivamente bajo a un concurso público convocado por el Gobierno vasco en 2015. En 2019, el Supremo tumbó la sanción de 120 millones de euros a las grandes operadoras (Telefónica debía afrontar 43,5 millones) por abuso de posición en el mercado mayorista de SMS. El Alto Tribunal también redujo de 5 millones a 50.000 euros el pago de una multa por no atender los requerimientos del resto de rivales que explotaban su red. Tiene otros expedientes también judicializados a falta de un pronunciamiento definitivo.

Pese a todo, desde el organismo no han afl0jado en su presión. El pasado mes de agosto instó a Telefónica a aclarar o modificar ciertos términos de las condiciones de su oferta comercial Fusión lanzada en abril. Este movimiento se enmarca en las obligaciones regulatorias impuestas desde la compra de Canal+ en 2015. Debe determinar si la obligación de pagar 3 euros mensuales y la exigencia de una permanencia, en la práctica, de 36 meses incumplen esas reglas. Entiende que, conforme está redactada, podría restringir las opciones de los clientes de cambiar de compañía y podría incumplir uno de los compromisos. También le exigió que cambie ciertos aspectos de su acuerdo con Dazn para que la Fórmula 1 siga en su oferta mayorista disponible para sus rivales.

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