Por presunta falsedad contable

La causa de la Audiencia Nacional contra Abengoa suma más de 300 perjudicados

El magistrado ratifica la imputación de la multinacional y advierte que no es necesario conocer el perjuicio concreto de los afectados para seguir con la investigación.

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El juez imputó a la compañía y a Deloitte por presunta falsedad en las cuentas de 2014 y 2015.
Abengoa

Abengoa no se libra de ser investigada en la Audiencia Nacional por presunta falsedad contable. El magistrado Ismael Moreno ha ratificado su imputación y la de la firma Deloitte en contra del criterio de la compañía sevillana que considera que a día de hoy no se sabe el número concreto de personas que fueron captadas como inversores con información falsa entre los años 2014 y 2015. El instructor descarta esta hipótesis y recuerda que la causa cuenta con una pieza separada en la que se han personado más de 300 perjudicados por el presunto maquillaje de los estados financieros de esos dos ejercicios. 

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 desestima de esta forma el recurso presentado por la multinacional contra su imputación del pasado mes de febrero. La causa que sigue la Audiencia Nacional arrancó en 2017 si bien el magistrado, a petición de la Fiscalía, decidió ampliar la querella a comienzos de año al considerar que había indicios sólidos de que se manipularon las cuentas de 2014 y 2015 ofreciendo a los inversores información que no se correspondía con la verdadera situación de la empresa. Por ese motivo, acordó su imputación como persona jurídica por los presuntos delitos de estafa de inversores y supuesta alteración contable.

Abengoa recurrió su imputación en un escrito al que se unió Deloitte. En el mismo expusieron que no había quedado acreditado el daño causado a los querellantes, que litigan bajo la Plataforma de Perjudicados por Abengoa, así como tampoco quienes son las personas que se habrían visto afectadas por una supuesta falsedad en los folletos informativos. El magistrado Moreno responde en un auto al que ha tenido acceso La Información que ninguno de los dos motivos puede prosperar, en sintonía con lo manifestado por el Ministerio Público, la Abogacía General del Estado y la plataforma de afectados cuya defensa ejerce el despacho Ius Aequitas.

Falsedad acotada

Ismael Moreno explica que el delito de falsedad contable no exige la concurrencia de un perjuicio determinado puesto que en este caso se aprecia por parte de Abengoa una conducta de falsedad, por un lado en la información incluida en los folletos de emisión y, por otro, en la que la firma debe publicar y difundir. No obstante, recuerda en su auto que en esta parte concreta de la investigación se supera "la nada desdeñable cifra de 300 perjudicados", cuya personación ha sido admitida después de que hayan aportado a la Audiencia Nacional todos los detalles relativos a los valores adquiridos, tales como la clase y el número de títulos, la fecha en la que los compraron o una posible venta de los mismos. 

"Durante la investigación de esta causa ha quedado evidenciado que se colocaron numerosos activos financieros por parte de Abengoa así como acuerdos de financiación corporativa y proyectos que, como no puede ser de otra manera, han afectado a una pluralidad de personas y entidades que acudieron a las mismas o concedieron financiación, confiados en la veracidad de la información y estados contables publicados", reza el auto. Una respuesta que se produce en un momento especialmente delicado para la compañía que presidió Felipe Benjumea la cual se encuentra inmersa en negociaciones con la banca para poder sacar adelante un complejo plan de reestructuración que incluye la solicitud de 250 millones de euros de liquidez y 300 millones en avales.

El magistrado también responde a Deloitte que los hechos que investiga le alcanzan como potencial responsable penal y se tienen que esclarecer. En su escrito del pasado mes de febrero Moreno no solo actuó contra Abengoa y la auditora sino que también imputó a las consejeras Mercedes Gracia y Alicia Velarde, y al socio responsable de Deloitte Manuel Arranz, basándose principalmente en la resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) de 20 de febrero de 2018. En el mismo se sancionó a Arranz y la firma tras constatarse irregularidades que habrían afectado de manera directa a la imagen fiel que se estaba trasladando al mercado. Desde Deloitte, no obstante, apuntaron que el ICAC no cuestionó la auditoría de 2014 sino que el expediente se refirió a la falta de evidencia de documentación en los papeles de trabajo. 

Material entregado por Abengoa

Al margen de todo esto, el auto recoge la memoria anual de las cuentas aportadas por la multinacional relativas a los ejercicios investigados y en las mismas constan colocaciones de activos financieros. De hecho, el auto del pasado 17 de junio recoge una docena de ejemplos que tuvieron lugar durante esos ejercicios. En lo que respecta al delito de falsedad contable, Moreno recuerda la doctrina del Tribunal Supremo y dice que no es imprescindible acreditar una mecánica puesta en marcha con la voluntad de engañar a posibles inversores sino que basta con falsear las informaciones hechas públicas conforme a la legislación vigente. "El elemento central en torno al cual se construye el delito es la información que debe proporcionarse en el mercado de valores", zanja el instructor.   

La causa de Abengoa arrancó en febrero de 2017 tras la interposición de una querella contra Felipe Benjumea y el exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega. Ambos fueron juzgados por las millonarias indemnizaciones percibidas en 2015 coincidiendo su salida con un momento muy delicado de la empresa. Sin embargo, el tribunal les absolvió al constatar que el total de 16 millones de euros percibidos entre ambos se adecuó a la normativa legal de la multinacional. Ahora, el instructor acepta la querella de la plataforma de perjudicados y da un nuevo impulso al caso apoyándose en la pericial aportada. Se trata de un informe firmado por el economista Juan José Silva Clemente, y que refleja la "sistemática ocultación de sustanciales pérdidas de los activos, así como la inclusión de certificaciones de obras no suficientemente acreditadas" que alteraron la imagen de la empresa. 

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