La Fiscalía recurre la absolución de Rosell e insiste en que cometió blanqueo

  • Alega que no encuentra lógico que se crearan sociedades pantalla en paraísos fiscales y concluye que fueron negocios lícitos.
Sandro Rosell
Sandro Rosell
EUROPA PRESS - Archivo

La Fiscalía de la Audiencia Nacional mantiene su tesis de que el expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell cometió blanqueo de capitales en sus negocios particulares. Por ese motivo ha interpuesto un recurso de apelación contra la sentencia del pasado mes de abril en la que resultó absuelto de los delitos que le atribuían. El Ministerio Público pide la anulación del fallo por insuficiencia de motivación y que se juzgue de nuevo la causa, de acuerdo con una nota informativa difundida a los medios de comunicación.

La Fiscalía, que rebajó su petición de cárcel para Rosell de los 11 a los seis años, alega que la absolución solo se justifica cuando existe una "duda razonable" y no cualquier clase de duda, en referencia al fallo de los magistrados que concluyeron que, de las pruebas practicadas en la vista oral, quedaban dudas acerca de la ilegalidad de las comisiones que se habrían repartido los acusados en este proyecto provenientes de los fondos percibidos de la Confederación Brasileña de Fútbol (CFB) así como de la naturaleza de sus sociedades.

Sin embargo en la nota, firmada por el fiscal teniente de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, la acusación considera que existe una "falta de lógica económica" en la actividad del expresidente del club blaugrana así como del gestor andorrano Joan Besolí y el resto de acusados por integrar una organización criminal que han resultado igualmente absueltos. Se trata de Marta Pineda -mujer de Rosell-, de sus socios Pedro Andrés Ramos, José Colomer además del empresario de origen libanés Shahe Ohannessian.

"Negocios absolutamente irregulares"

"La acusación pública no encuentra lógico dar por probado que se crearon sociedades pantalla en paraísos fiscales, se simularon contratos, se efectuaron numerosas transferencias en Andorra con personas cercanas y sin causa para concluir que se trate de negocios lícitos", reza la Fiscalía que añade que los hechos de la sentencia relatan una serie de negocios "absolutamente irregulares y carentes de sentido".

Precisamente por la gravedad de los hechos que le imputaban y por el alto riesgo de fuga, la magistrada instructora Carmen Lamela, con el criterio favorable de la Fiscalía, mantuvo en prisión provisional a Rosell 22 meses, dejándole en libertad a finales de febrero al término de la vista oral. 

La investigación arrancó en junio de 2015 a tenor de las pesquisas que estaba llevando a cabo la Fiscalía de Nueva York sobre la participación de funcionarios de la FIFA en el reparto de importantes comisiones de actividades de marketing deportivo. Como resultado de la misma, se detuvo en mayo de 2017 a los acusados si bien solo Rosell y Besolí han estado privados de libertad durante toda la instrucción de la causa. Los investigadores indagaron en las presuntas comisiones ilegales obtenidas mediante su intermediación en los contratos con la selección brasileña de fútbol, de esponsorización de Nike y en la venta de Bonus Sports Marketing.

Sin embargo la conclusión del tribunal que le juzgó es que en realidad se tratarían de retribuciones que no tienen carácter penal. Una versión de la que discrepa frontalmente la Fiscalía ya que, a su juicio, la "inferencia lógica" de las pesquisas llevan a pensar que los negocios que se le atribuyen, lejos de ser lícitos, lo que pretendían era blanquear el dinero obtenido, y que, de acuerdo con su tesis, ascendían a 19 millones de euros. Tampoco comparte el razonamiento de los magistrados acerca de que no ha quedado acreditado el delito antecedente que se exige para que pueda demostrarse el blanqueo, que en este caso se habría cometido en Brasil. 

"Se trata, a juicio del fiscal, de una conclusión jurídica indebidamente aplicada por el tribunal. Ha existido un elemento normativo del delito de blanqueo, es decir, una actividad delictiva cometida en Brasil, de la que la acusación aportó prueba suficiente, aunque no haya habido condena previa. En definitiva, se ha acreditado que los bienes blanqueados proceden de una actividad delictiva previa a través del origen ilícito y el destino absolutamente ilógico de su dinero en las muchas transferencias, datos que facilitó Andorra en la Comisión Rogatoria Internacional", responde la Fiscalía.

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