Nadal usa un recoveco de la Ley Eléctrica como palanca de control de las empresas

  • El Ministerio de Energía argumentará ante el Consejo de Estado que el decreto para controlar el cierre de centrales desarrolla la norma de 2013
Álvaro Nadal, ministro de Energía, en el Congreso.
Álvaro Nadal, ministro de Energía, en el Congreso.
EFE

El Ministerio de Energía y sus asesores confían en un apartado oculto en la Ley Eléctrica de 2013 para convencer al Consejo de Estado de la legalidad del decreto con el que pretende controlar el cierre de centrales en España. Se trata del artículo 53 de la Ley, apartado séptimo, que se presta a una amplia interpretación. El Ministerio asegura que el decreto, contra el que ha cargado duramente la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), es sólo el desarrollo de ese apartado. Pero es también la clave para controlar las salidas y entradas en un mercado, el de generación eléctrica, teóricamente liberalizado.

El artículo 53 de la Ley Eléctrica se ocupa de la autorización de instalaciones eléctricas de transporte, distribución, producción y líneas

directas. De su inicio y de su cierre. El apartado séptimo es clave. En concreto, recoge que "la Administración Pública competente únicamente podrá denegar la autorización (de cierre) cuando no se cumplan los requisitos previstos en la normativa aplicable o cuando tenga una incidencia negativa en el funcionamiento del sistema".

El margen de interpretación es amplio. Por eso el Ministerio de Energía lo concretó en la memoria justificativa que acompaña el borrador del Real Decreto. La memoria (página 5), define lo que el ministro de Energía Álvaro Nadal entiende por funcionamiento del sistema: "La regulación de los sistemas energéticos -detalla la memoria- se basa sobre tres pilares fundamentales, la competitividad, la sostenibilidad y la seguridad de suministro". En otras palabras, la regulación debe atender a los precios y al medio ambiente, además de asegurar el servicio a los usuarios.

Artículo, apartado y memoria constituyen el corazón de los argumentos que el Ministerio va a defender ante el Consejo de Estado para discutir la tesis de la CNMC de que la nueva norma que defiende Nadal choca con la ley nacional y con la comunitaria.

La CNMC fue contundente. En su informe considera que los criterios adicionales que quiere imponer el ministro para poder cerrar una planta (impacto en precios, en la competencia y en el medio ambiente), "no están suficientemente desarrollados ni previstos en la normativa vigente". Además, añade, confieren a Energía "un excesivo margen de discrecionalidad" y "crean inseguridad jurídica para las nuevas inversiones, pudiendo resultar contraproducentes para la competencia en el sector eléctrico".

El turno del Consejo de Estado

Tras el informe -preceptivo, no vinculante- de la CNMC sobre el Real Decreto para controlar centrales, es el turno del Consejo de Estado. Si el organismo asesor cuestionara la legalidad de la norma, Nadal tendría muy difícil mantener el plan para intervenir en el mercado porque  sólo cuenta con apoyos sindicales, no políticos.

Por el contrario, un informe favorable del Consejo supondría un espaldarazo a las tesis del ministerio. Nadal teme un proceso descontrolado de peticiones de cierre de instalaciones y, en especial, de abandono del negocio nuclear por parte de las eléctricas, sobre todo de Iberdrola.

Como aviso a navegantes, apenas unas horas después de que la CNMC hiciera pública su dura crítica a los planes de Nadal, fuentes del Ministerio de Energía apuntaban que "no es descabellado" pensar que un operador internacional se interese por operar una central nuclear en España durante al menos una década.

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