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Propietarios: la reconversión de alquiler residencial a turístico puede ser ilegal

A finales de mayo 2020 los portales inmobiliarios detectaron un aumento de la oferta de viviendas en alquiler que provenían de viviendas destinadas al alquiler turístico.

Vivienda turística
Propietarios: la reconversión de alquiler residencial a turístico puede ser ilegal.

La reconversión de viviendas hasta ahora destinadas al alquiler residencial hacia el uso turístico podría acarrear problemas legales a los propietarios si no son capaces de acreditar la temporalidad del contrato y que la residencia habitual del inquilino no está fijada en ese inmueble.

Así lo advierte este lunes la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), que explica en un comunicado que aunque el contrato de arrendamiento sea temporal, si el inquilino puede demostrar que ésa es su residencia habitual, el propietario del inmueble incurriría en un fraude de ley.

"Si ahora el propietario quiere recuperar su vivienda para uso turístico, en el contrato de temporada, además de acreditar correctamente la temporalidad, tendría que figurar que la residencia habitual del inquilino no está en la vivienda que está actualmente arrendando", ha explicado ANA.

Así, el contrato pasaría a tener una duración de entre cinco y siete años dependiendo de si el propietario es una persona física o jurídica. La Agencia Negociadora del Alquiler asegura que ya avisó en su momento, cuando a finales de mayo de 2020 los portales inmobiliarios detectaron un aumento de la oferta de viviendas en alquiler que provenían de viviendas destinadas al alquiler turístico, de que el cambio podría ser ilegal si no se hacía correctamente.

Además, ANA recuerda reiteradas sentencias del Tribunal Supremo que han estimado que la calificación de un alquiler de temporada (uso distinto a vivienda) no deriva del plazo concertado, sino de la finalidad de la ocupación, y esta para ser considerada como arrendamiento de temporada debe ser ajena a una ocupación como residencia habitual y permanente de los inquilinos.

Para evitar esta situación, el arrendatario tendría que haber recogido en el contrato de temporada tanto la temporalidad de este como que la residencia habitual del inquilino no está en la vivienda alquilada.

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