Límite de ingresos

El aviso del SEPE para seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años

"Los beneficiarios de esta ayuda deberán presentar cada año una declaración de sus rentas acompañada de la documentación que las justifique".

Billetes de euro.
Billetes de euro.
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Según los últimos datos del SEPE, casi 380.000 personas cobran el subsidio por desempleo y el grupo de edad que concentra el mayor número de beneficiarios es el de aquellos que tienen más de 50 años. Eso sí, para poder ser beneficiario de la ayuda para mayores de 52 años hacen falta cumplir una serie de requisitos como, obviamente, llegar a la edad que se exige, estar inscrito como demandante de empleo, cumplir el compromiso de actividad o no superar el límite de rentas establecido.

También hace falta cumplir una serie de requisitos en cuanto a cotizaciones. En este sentido, es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social y que al menos dos de ellos estén dentro de los últimos 15 años. No solo eso: también es necesario que dentro de ese total de 15 años, al menos seis deben haber sido cotizaciones por desempleo en el régimen general.

Además, los beneficiarios también deben cumplir una serie de 'deberes' si no quieren perder el cobro del subsidio, y por tanto, la cotización. Precisamente, sobre esto ha alertado en las últimas semanas el SEPE a través de sus redes sociales, en las que ha informado que "los beneficiarios del subsidio de mayores deberán presentar cada año una declaración de sus rentas acompañada de la documentación que las justifique". 

Para seguir percibiendo esta prestación, se debe presentar cada año una declaración de rentas acompañada de la documentación que las justifique, en su caso. ¿Cuándo hay que hacerlo? En el momento en que han transcurrido doce nuevos meses desde el nacimiento del derecho al subsidio, o cada vez que transcurran doce nuevos meses desde la última reanudación.

Si los ingresos no han superado en ningún mes el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), podrá tramitar la declaración anual a través de Internet en la Sede Electrónica del SEPE, siempre que se disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve. En caso de no disponer de clave de acceso o de que las renta hayan superado en algún mes el citado importe, para presentar la declaración debe acudir a la oficina de prestaciones, previa cita.

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