Según publica el BOE

Las CCAA tendrán que explicar al detalle en un año el uso de los 7.000 millones

En el primer trimestre de 2022, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla remitirán al Ministerio de Hacienda un estado de ejecución del ejercicio completo y de todas las operaciones.

Montero
Las CCAA tendrán que explicar al detalle en un año el uso de los 7.000 millones.
EP

La lluvia de millones tendrá un control férreo. Las comunidades autónomas tendrán que rendir cuentas ante el Ministerio de Hacienda durante el primer trimestre de 2022 sobre la gestión y ejecución de los 7.000 millones de ayudas directas incluidos en el real decreto ley aprobado ayer por el Gobierno y que entra en vigor esta mismo sábado, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las comunidades, que en un plazo de 40 días dispondrán de las transferencias por parte del Estado, son las que gestionarán estas ayudas, que podrán solicitarse hasta el 31 de diciembre de este año. Después, tendrán tres meses para informar a Hacienda de la ejecución de las mismas. En concreto, en el primer trimestre de 2022, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla remitirán al Ministerio de Hacienda un estado de ejecución del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año.

Además, el saldo no ejecutado ni comprometido a 31 de diciembre de 2021 deberá reintegrarse al Ministerio de Hacienda, por lo que las comunidades tendrán que presentar al departamento de María Jesús Montero el informe de sus respectivos órganos de intervención y control en el que se acredite y certifique el importe del reintegro. Asimismo, en el primer trimestre de 2023 las comunidades autónomas remitirán al Ministerio de Hacienda los reintegros de ayudas derivados del incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión.

El decreto aclara que será "responsabilidad" de las comunidades destinar estos recursos a la finalidad para la que han sido concedidos, por lo que deberán proceder a un "adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales". Por ello, las comunidades, gestoras de los fondos, serán las responsables de rendir cuentas, en su caso, ante los órganos de control externo, sin perjuicio de las funciones de control y verificación del cumplimiento de estas obligaciones que pudiera realizar la Intervención General de la Administración del Estado, precisa el decreto, según recoge Ep.

Igualmente, el Ministerio de Hacienda y las comunidades suscribirán un convenio que articule la colaboración entre ambas administraciones de cara a la ejecución de las ayudas directas, que incluirá el intercambio de información entre las administraciones tributarias; la mención en todas las actuaciones y soportes que se utilicen al origen de los fondos que financian estas ayudas, señalándose que son financiadas por el Gobierno de España; y la obligación de suministrar información detallada sobre las convocatorias realizadas y los resultados de las mismas.

Estos convenios deberán firmarse en el plazo de un mes desde la entrada en vigor este sábado del real decreto-ley y el Ministerio de Hacienda procederá a la transferencia de los fondos correspondientes a cada comunidad dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que adquiera eficacia cada convenio. De su lado, las empresas beneficiarias de estas ayudas deberán justificar ante el órgano concedente el mantenimiento de la actividad que da derecho a las ayudas a 30 de junio de 2022. En caso contrario, se procederá el reintegro de las mismas.

La parte destinada a las CCAA es la principal novedad del real decreto-ley de medidas urgentes para garantizar la solvencia de las empresas dotado con un total de 11.000 millones que ha entrado en vigor este sábado.  La asignación de los fondos para todas las comunidades, excepto Canarias y Baleares, se realizará siguiendo los mismos criterios que los utilizados para el fondo 'React EU', que se basan en el impacto de la pandemia en la riqueza de la comunidad, el impacto de la crisis en el desempleo y el impacto en el desempleo juvenil, todo ello rigiéndose por los datos actualizados a diciembre de 2020.

En el caso de los archipiélagos, se repartirá de forma proporcional al peso de cada comunidad autónoma en la caída en 2020 de los afiliados en términos netos, según se especifica en el real decreto publicado este sábado en el BOE. En concreto, los autónomos que tributan en módulos recibirán 3.000 euros y entre 4.000 y 200.000 euros el resto de autónomos y empresas, importes que podrán elevarse tanto en Canarias y Baleares, siempre dentro de los límites de ayudas de Estado fijados por Bruselas.

Más de cien actividades distintas

Las ayudas, que se podrán solicitar hasta el 31 de diciembre de este año, compensarán, como máximo, el 40% de la caída adicional de ingresos en el caso de micropymes y autónomos (hasta 10 empleados), y hasta un 20% para el resto de empresas. En el caso de los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una ciudad autónoma, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen.

El Boletín Oficial del Estado recoge el total de alrededor de cien actividades económicas diferentes que podrán acogerse a estas ayudas. Entre ellas destacan las actividades de la industria manufacturera relacionadas con el comercio y la hostelería; comercio al por mayor y minorista; sectores auxiliares al transporte; mantenimiento aeronáutico, y actividades relacionas con la cultura y las actividades deportivas.

Además, se incluye el transporte por taxi, la edición de periódicos, las actividades de los gimnasios, la reparación de relojes y joyería o las actividades de las agencias de viajes, la elaboración de helados o la fabricación de explosivos. Para estos casos, la orden del Ministerio de Hacienda de desarrollo del presente real decreto-ley establecerá el criterio de distribución de la caída de la actividad entre los diferentes territorios en los que operen, atendiendo al peso de las retribuciones de trabajo personal satisfechas a los trabajadores con que cuenten en cada comunidad.

Este segundo eje de actuación incluye un conjunto de medidas de apoyo y flexibilización de los préstamos que cuenten con aval público, permitiendo así que el ICO se incorpore a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes, protegiendo también la estabilidad financiera. Este eje se ve apoyado mediante la creación de una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros. Este fondo se articula en tres niveles y las empresas que podrán acogerse al mismo, deberán haber solicitado previamente las medidas de ampliación de plazos y carencias de los préstamos ICO, recogidas en el real decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre.

El primero de ellos, da la posibilidad de extensión del plazo de vencimiento de los préstamos concedidos con aval público, adicional a la ampliación del pasado mes de noviembre. Para aquellas empresas para las que la extensión adicional del vencimiento de los préstamos con aval público no fuera suficiente, se plantea como medida de segundo nivel, la posibilidad de convertir estos préstamos en préstamos participativos, manteniendo la cobertura del aval público. Finalmente, este conjunto de herramientas financieras se vería completado por una medida de último recurso, de "carácter excepcional", consistente en la realización de transferencias a autónomos y empresas para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia.

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